El Tribunal Supremo ha dictado sentencia definitiva sobre una de las piezas clave del historial judicial de Francisco Nicolás Gómez Iglesias. El Alto Tribunal ha rebajado su condena de los cuatro años y tres meses iniciales a dos años y un mes de prisión, en el marco del caso conocido como la «mafia policial».
La reducción de la pena no responde a una falta de pruebas sobre los hechos, sino a dos factores jurídicos determinantes:
- Dilaciones indebidas: El tribunal ha aplicado una atenuante «muy cualificada» debido al tiempo excesivo que ha tardado el proceso judicial (la detención original se produjo en 2014).
- Absolución por secretos oficiales: Se le ha eximido del delito de violación de secretos oficiales al quedar también absuelto el que fuera coordinador de seguridad municipal, Emilio García Grande.
El «modus operandi»
Pese a la rebaja, el Supremo mantiene los delitos de descubrimiento y revelación de secretos (como inductor) y cohecho activo. Queda probado que Gómez Iglesias:
- Obtenía datos reservados (como matrículas y bases de datos policiales).
- Utilizaba esa información privilegiada para fingir que formaba parte del Gobierno o del CNI.
- Contaba con la colaboración de agentes para mantener su red de influencias ficticias.
Consecuencias
La justicia también ha alcanzado a los dos policías municipales que facilitaron la información confidencial. Al igual que al «Pequeño Nicolás», el Supremo les ha reducido la pena a la mitad, fijándola en dos años, un mes y 15 días de cárcel como autores de los delitos de revelación de secretos y cohecho.


















