Los autónomos y su Prevención de Riesgos Laborales

LUCÍA RISUEÑO - FEBRERO 2015Lucía Risueño es licenciada en Psicología Social y del Trabajo: mejorar la vida de las personas en su vida laboral – PRL y está preparando su tesis doctoral sobre “La Ergonomía Laboral Preventiva: más allá de la Ley de Prevención”, es técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales y asesor de trabajadores y empresas

Pocos son los que lo saben, pero, si trabajas por cuenta propia, también puede ser preciso que realices una gestión adecuada de tus riesgos laborales.

Habitualmente, este requisito es solicitado a los empresarios, debido a la responsabilidad que tienen en preservar la seguridad y salud de los trabajadores a su cargo. Sin embargo, ellos mismos, como trabajadores en régimen de autónomos que son, además de aquellos que trabajan para sí mismos, también deberán tramitarlo, concretamente, en caso de que concurran con otros trabajadores en el mismo lugar de trabajo.

Se entiende que, cada uno, por la actividad que realizamos, estamos expuestos a una serie de riesgos. Si compartimos el espacio físico con otros trabajadores en un mismo entorno, estos pueden estar también expuestos a los riesgos que nuestra actividad está generando. Por eso, es preciso que estén informados y para ello, deberemos facilitarles una documentación, que se lo explique; podría ser de forma verbal, si los riesgos no son graves, si bien en papel, siempre quedará la prueba de que lo hemos hecho. Esta gestión se denomina “Coordinación de Actividades Empresariales” (CAE) y la regula el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre) y el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que lo desarrolla.

Este trámite se está realizando, de forma habitual, en actividades como las obras de construcción (donde es muy común que existan profesionales de varias empresas y/o autónomos), empresas de trabajo temporal, o empresas de servicios como puede ser limpieza, mantenimiento o transporte,… (cuyos trabajadores deben acceder a empresas ajenas). Sin embargo, quizás no sea tan común que se esté haciendo en despachos profesionales, establecimientos comerciales u hosteleros, o empresas familiares, donde es probable que concurran varios trabajadores autónomos, aunque resulte preciso. Así, si, aun siendo trabajador autónomo, compartes el espacio de trabajo con otros trabajadores, será preciso que realices unas pequeñas gestiones en relación con la prevención de riesgos laborales para ser consciente de la situación en la que te encuentras.

Para facilitar la generación de estos documentos, a este tipo de trabajadores, el Instituto Nacional en Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), ha diseñado una aplicación informática a través de su web, denominada AUTOPREVENT. Se trata de un sencillo formulario tras cuya cumplimentación, se obtendrán varios breves documentos, en concreto:

  1. Un documento instructivo sobre prevención de riesgos laborales para el propio trabajador autónomo, que le ayudará a conocer y detectar los riesgos a los que se expone en su actividad habitual.
  2. Un documento personalizado sobre las obligaciones y derechos que como autónomo, tiene en la coordinación de actividades empresariales.
  3. Un documento para informar sobre los riesgos, a otras empresas o autónomos, que concurran en el mismo lugar de trabajo.

Dispone de 38 actividades en la actualidad, a la que hay que sumarle una más de forma genérica para todos aquellos que no puedan incluirse, concretamente, en alguna de las anteriores.

Más información en: Asesoría en Prevención de Riesgos Laborales

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