Iberdrola y los sindicatos Unión General de Trabajadores (UGT), Sindicato Independiente de la Energía (SIE), Asociación de Técnicos y Profesionales de la Energía (ATYPE), Comisiones Obreras (CC.OO.), Unión Sindical Obrera (USO) y Confederación General de Trabajadores (CGT), que aglutinan casi un 94% de la representación sindical de la empresa, han suscrito esta mañana en Bilbao el VI Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo.
La compañía y los sindicatos han consensuado un convenio que va a beneficiar a más de 8.500 profesionales en España y que ratifica la participación del empleado en la creación de valor de la empresa,así como la mejora continua de las medidas de conciliación e igualdad.
La empresa continuará vinculando la evolución de los salarios a sus resultados operativos (Ebitda). Según el contenido del Convenio, los trabajadores contarán con un incremento salarial anual del 0,5% en el caso de que se cumpla entre el 80% y el 100% del objetivoy de hasta un 2,5% adicional si se cumple hasta el 120% del mismo,pudiendo alcanzar, de este modo, una subida de hasta el 3%. De esas cantidades,se consolidará hasta un 0,7%. La retribución variable también seguirá ligada a la evolución de las cuentas.
Otra de las novedades destacadas del VI Convenio Colectivo es el incremento de la aportación de la empresa al plan de pensiones, que o bien pasará del 33% al 55% –empleados que comenzaron a trabajar en la compañía después de octubre de 1996– o aumentará en 500 euros anuales –para los que ingresaron con anterioridad a esa fecha–.
Más flexibilidad horaria
La plantilla de Iberdrola Grupo disfrutará de una jornada continuada con más ventajas, gracias a la ampliación de la flexibilidad horaria en 1,45 horas y a la inclusión de la posibilidad de adelantar la salida los viernes a partir de las 14.00 horas.
En el ámbito de las medidas sociales, seguirán vigentes algunas como la posibilidad, para los profesionales que hayan sido padres o madres, de reducir su jornada a cinco horas diarias hasta que el niño cumpla un año, sin merma de la retribución fija, y de disfrutar de un permiso retribuido de 15 días naturales antes de la fecha prevista del parto




















