El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de prisión para cada uno de los dos empleados de un banco de Palencia, que no compartieron un premio de la lotería con la limpiadora de la entidad que solía comprar el billete con ellos.
Ambos tendrán que pagar ahora a escote los 33.333 euros que le correspondían a la mujer, la tercera parte de los 100.000 euros del premio.
Los magistrados señalan que “entre los acusados y la perjudicada existía un pacto verbal para la adquisición conjunta todos los viernes del ‘cuponazo’, aportando cada uno de ellos un euro, siendo el reparto del hipotético premio proporcional a dicha cantidad (un tercio del premio)”.
Según los hechos probados, los dos empleados del banco, junto a la limpiadora, compraban cada viernes un ‘cuponazo’ de forma conjunta. Cada uno pagaba un euro y si alguno estaba de vacaciones lo ponían los otros y luego se lo devolvía.
Tenían el acuerdo verbal de que si algún día tocaba el billete se repartirían el premio en proporción a su participación.
Una semana después de que la limpiadora comenzara sus vacaciones, en septiembre de 2012, les tocaron 100.000 euros al cupón que compraron los dos condenados.
Decidieron ocultárselo a la mujer y se repartieron el dinero entre ellos dos, pero la víctima acabó enterándose, les reclamó el dinero, ellos negaron que les hubiera tocado y ella los denunció.
La Audiencia Provincial de Palencia le dio la razón a la mujer, pero uno de ellos recurrió ante el Supremo, que ha ratificado la sentencia y asegura que se trata de un pacto verbal con datos suficientes para obligar a los acusados de repartir el premio, por lo que al negarse a hacerlo incurren en un delito de apropiación indebida.