El TSJCyL anula parte de la ordenanza sobre despedidas de soltero

Una despedida de soltera, esta Semana Santa.

Virginia Carrera y Gabriel de la Mora, concejales de Ganemos Salamanca, han comunicado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que les da la razón al considerar que la modificación de la ordenanza municipal sobre convivencia ciudadana era de “dudosa legalidad” por contener preceptos arbitrarios. Esta ordenanza, que engloba las despedidas de soltero y el ocio nocturno, sufrió modificaciones el pasado septiembre de 2015.

 

El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Salamanca aprobó en septiembre de 2015 por acuerdo plenario una serie de modificaciones en la ordenanza de convivencia que regula ciertas actitudes en la vía pública, en especial comportamientos habituales en despedidas de soltero. Ganemos Salamanca se opuso a esta modificación puesto que lo consideraban “ilegal, innecesaria, inútil e ineficaz”.

El Tribunal Superior de Justicia le ha dado la razón a la agrupación de electores estimando la demanda íntegramente y condenando en el pago de costas al Consistorio. La ordenanza incluía preceptos «arbitrarios» que quedaban a la decisión de quien impusiera la sanción, por lo que estos quedarían ahora nulos.

Por ejemplo, se penalizaba “ir semidesnudo”, sin especificar de qué manera, pudiéndose vulnerar derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. También se prohibía la emisión de ruido o vestir una prenda que pudiera ser considerada como vulneración de la dignidad de las personas. Estos términos no estaban bien expresados para los concejales de Ganemos, por lo que apuestan por determinar los criterios de sanción. La ordenanza establecía que esas circunstancias eran motivo se sanciones leves.

No puede multar

La sentencia indica que «está claro que respecto de este tipo de infracciones si bien puede ser objeto de denuncia y vigilancia por el municipio deberán serlo conforme a la normativa sectorial específica existente al respecto, en este caso el precepto transcrito del Código Penal, y dar a las denuncias la tramitación legalmente establecida, a los efectos de su posible sanción; pero lo que no se puede hacer es reglamentar, en este caso prohibiendo, una determinada actividad que ya cuenta con una sanción concreta en el Código Penal«, por lo que anula los preceptos que se refieren a «ir parcialmente desnudo» y utilizar en la calle o establecimientos «atuendos o disfraces que atenten o puedan atentar contra los derechos fundamentales».

La portavoz del Grupo Municipal ha manifestado que ellos proponen fomentar otro modelo de ocio que no pase por la incitación al consumo abusivo de alcohol o a algunas actividades ilícitas que se realizan en despedidas de soltero.

Proponen, además, llevar a cabo un pacto “por la noche” para regular el ocio nocturno en el que participen todos los agentes implicados, incluidas asociaciones de padres.

Texto: Paula Castro Morán

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