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La Policía Local realiza una nueva campaña de alcohol y drogas

La Policía Local de Salamanca llevará a cabo entre los próximos días 5 y 11 de junio una nueva campaña especial e intensiva para controlar las tasas de alcoholemia y drogas en la conducción. Estos controles se suman a los que, de forma habitual y periódica, se vienen  efectuando en el término municipal y suponen un incremento de las acciones preventivas en la materia, en coordinación directa con la Dirección General de Tráfico.

 

El alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales y, dependiendo de su tasa, multiplica entre dos y quince el riesgo de sufrir un accidente. El 43% de los conductores fallecidos y examinados por el Instituto Nacional de Toxicología en 2015, resultaron positivos a alcohol, drogas o psicofármacos.

El alcohol y las drogas de abuso suponen también un riesgo para los peatones, como demuestra el hecho de que un 46% de los viandantes fallecidos en 2015 presentaron tasas positivas, según los datos que facilita el INT. Si se consiguiera erradicar el consumo de alcohol y las drogas en la conducción podrían evitarse más de mil muertes anuales. No obstante, como apunte alentador, hay que señalar que el cambio de comportamiento y sensibilización de la ciudadanía en general ha hecho que el porcentaje de positivos en controles preventivos o aleatorios de alcohol y drogas descienda de una forma notable en el último decenio, pasando del 5,1% al 1,6%.

Ningún conductor de vehículos podrá circular con una con una proporción de alcohol en aire espirado de 0,25 miligramos por litro. Estos límites se ajustan todavía más cuando se trata de conductores noveles, con menos de dos años de antigüedad, o cuando se conduzcan vehículos destinados al transporte de viajeros, mercancías o servicios especiales; en todos estos casos los límites quedan fijados en 0,15 miligramos por litro de aire espirado.

La negativa a someterse a los controles de alcoholemia y drogas está tipificada como delito en el Código Penal, que prevé incluso penas de prisión por este motivo. La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos. Cuando se denota que la ingesta de alcohol o drogas ha tenido repercusión o influencia en la conducción, las denuncias se tramitan siempre por la vía penal, tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código Penal.

En cuanto al alcohol, la sanción se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas. Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

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