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¿Y si me toca la lotería de Navidad?

 

Loterías explica las cuestiones a tener en cuenta para cobrar un premio si tienes la suerte de que te toque un décimo premiado

 

El Sorteo Extraordinario de Navidad celebrará su 206ª edición el próximo 22 de diciembre y repartirá un total de 2.380 millones de euros en premios. Para todos los que resulten ganadores de alguno de los más de 26 millones de premios que reparte el Sorteo, a continuación Loterías y Apuestas del Estado explica las cuestiones a tener en cuenta a la hora de cobrar un premio:

Por obvio que parezca, es imprescindible llevar el décimo o resguardo premiado para poder cobrar un premio de Lotería de Navidad.

  • Si los premios son inferiores a 2.500€, se pueden cobrar los premios exclusivamente en uno de los 11.000 puntos de venta de la red comercial de Loterías por la tarde del 22 de diciembre, cuando acaben las verificaciones de los números extraídos y los procesos informáticos.
  • En caso de que el premio sea igual o superior a 2.500€, el premio se cobrará en una de las entidades financieras autorizadas por SELAE (estas son: Bankia, BBVA, Caixa Bank, Banco Popular (incluidas las oficinas del Banco Pastor), Abanca Corporación Bancaria, Ibercaja Banco, Banco Mare Nostrum (BMN), Unicaja Banco, Banco Ceiss (España Duero), Kutxabank, BBK Caja Sur, Caixa Ontinyent, Banca Sabadell, Cajamar y Laboral Kutxa).
  • Se recuerda que los premios de Lotería de Navidad caducan a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo. Es decir, que se pueden cobrar los premios de Lotería de Navidad hasta el 22 de marzo de 2018, inclusive.
  • En el caso de que se posea una participación de un número premiado, deberán dirigirse a la entidad emisora de dicha participación para proceder al cobro de premios.
  • Si el décimo o resguardo premiado está deteriorado el cliente debe personarse en un punto de venta de Loterías, cumplimentar el Dirección de Comunicación. Tel.: 91 596 25 23 – 25 24 – prensa@selae.es – www.loteriasyapuestas.es formulario “Solicitud de Pago de Premios”, firmarlo y aportar el décimo o resguardo deteriorado, que será remitido a Loterías para su autenticación. Se verificará y, en caso de que sea auténtico, Loterías se pondrá en contacto con el cliente para informales de que ya puede ir al punto de venta a cobrar el premio.
  • Si el décimo se comparte hay que identificar a todos los participantes a la hora de cobrar los premios iguales o superiores a 2.500€.
  • Los ganadores pueden solicitar un certificado acreditativo del premio a efectos fiscales. Si cobran el premio en uno de los puntos de venta de la red comercial de Loterías, a petición del cliente/beneficiario, el Punto de Venta cumplimentará la solicitud de certificado por ingresos por premios menores de Lotería Nacional para su posterior envío a Loterías, adjuntando fotocopia por ambos lados del DNI en vigor del Beneficiario. Loterías lo expedirá y lo remitirá directamente al domicilio del Beneficiario que lo haya solicitado. En caso de que lo cobre en una entidad financiera: se puede descargar en la página de Loterías (https://www.selae.es/es/web-corporativa/normativa/descarga-certificado-premios).
  • Si el décimo ha sido sustraído es imprescindible presentar denuncia ante las autoridades competentes. Se deben aportar todos los datos documentales posibles. Si dicho décimo resultara premiado, hay que notificar copia de la denuncia a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado.

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