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Mañueco se va de rositas en el ‘caso Aceinsa’

El juez y el fiscal dan carpetazo al asunto
Mañueco y Carlos García (izda.) en la presentación de un trabajo de Aceinsa en Puente Ladrillo, en 2014.

El juzgado de instrucción nº1 de la ciudad ha remitido un auto de sobreseimiento provisional de la causa seguida contra el alcalde Fernández Mañueco y otros miembros de su equipo en el Gobierno municipal (PP), incluido el Jefe de la Policía Local, por favorecer a la empresa Aceinsa, a través de la prórroga y concesión de varios contratos millonarios, adjudicados en contra de informes técnicos e incluso sentencias que avalan la ilegalidad manifiesta de sus actuaciones, y en contra de los intereses de la ciudadanía, con daños millonarios a las arcas públicas.

 

Ganemos indica que la «excusa» de esta decisión judicial es que han pasado los 6 meses de la fase de instrucción (el Gobierno del PP acortó hasta esa duración la instrucción de los caso de corrupción para tratar de dificultar la investigación de los casos en los que estaba implicado).

No obstante, los fiscales suelen solicitar la prórroga de forma habitual y sistemática, para proseguir las diligencias de investigación, algo que no ha sucedido en este caso, «quizá debido precisamente a la relevancia política del mismo».

La posición de Ganemos al respecto sigue siendo “firme” y hoy su portavoz, Virginia Carrera, ha confirmado que su grupo interpondrá un recurso de reforma ante el Juzgado para tratar de mantener el caso abierto y que, si se produjera un segundo archivo, su siguiente paso sería un recurso de apelación ante la Audiencia Nacional.

De este modo, «y sin haber practicado las pruebas solicitadas por el grupo Ganemos», el juez instructor considera que por ahora no puede considerar la existencia del delito de prevaricación, aunque “evidentemente las tareas de preparación de la nueva licitación debieron realizarse o con más antelación o con más agilidad”, y que se ha acreditado la grave imprudencia cometida.

Sin embargo, considera que hasta la fecha no hay pruebas suficientes para deducir una “intencionalidad deliberada”, pues “en las actuaciones descritas puede criticarse el retraso en la tramitación del expediente, pero no puede calificarse como un retraso intencionado para prorrogar maliciosamente el contrato existente.”

Del mismo modo entiende que, con las pruebas existentes hasta la fecha, no puede deducirse la existencia de malversación de fondos públicos y prevaricación, en el caso de la acreditada adjudicación ilegal del contrato de alumbrado, aunque el Ayuntamiento tenga que indemnizar a Etralux con 800.000€, pues estima que no debe derivarse la comisión de un delito solo por la “mera discrepancia entre una resolución administrativa y la legalidad sino que es preciso que además no exista un fundamento técnico-jurídico aceptable”.

Así, aunque recuerda que la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y el Tribunal Supremo han afirmado que “no había razón alguna para adjudicar el contrato a Aceinsa Movilidad S.A”, entiende que, al existir una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad en la que se dan fundamentos jurídicos a favor del Ayuntamiento, este hecho excluiría la existencia de delito alguno.

Por su parte, tanto desde Ganemos Salamanca como desde sus servicios jurídicos «se rechaza de forma tajante este argumento», que podrá ser objeto de recurso, “pues no serviría para otra cosa que para blanquear prácticamente cualquier tipo de ilegalidad y corruptela, calificando de no delictivas decisiones declaradas ilegales por los tribunales competentes y con grave daño para la ciudadanía (800.000€, en este caso), sólo por el hecho de la existencia de alguna opinión técnico-jurídica contradictoria previa”, según el concejal Gabriel de la Mora.

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