Los hipotecados podrán reclamar el impuesto de actos jurídicos

La banca tendrá que devolver 8.000 millones de euros
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Una panorámica de Vistahermosa. (Archivo)

Es el banco y no el cliente quien debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en la firma de una hipoteca según una sentencia del Tribunal Supremo. La banca podría tener que devolver en torno a 4.000 millones de euros a los hipotecados que pagaron este impuesto indebidamente.

 

En una sentencia publicada esta semana, el TS concluye que el prestatario no es el sujeto pasivo de este impuesto, sino la entidad que presta el dinero, cambiando así su jurisprudencia anterior.

Tras un recurso presentado por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra una sentencia de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de junio de 2017, el TS llegó a esta conclusión, anulando un artículo del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El Tribunal considera que la expresión «cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquirente al prestatario» es contraria a la Ley. Según el texto, el «negocio inscribible» es la hipoteca y el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista.

Se calcula que alrededor de ocho millones de hipotecados han pagado indebidamente este impuesto, por lo que la banca podría tener que devolverles el dinero, alcanzando un total de 4.000 millones de euros.

Tras el cambio de opinión del Tribunal Supremo, será el banco que el tendrá que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) con el que se gravan las escrituras hipotecarias. Este gasto representa una cantidad nada desdeñable pues, dependiendo de la autonomía, su valor varía ente el 0,5% y el 1,5% del valor del inmueble. El TS ha decidido que el interés del acreedor prevalece sobre el del deudor, esto es, el negocio es para el banco, que es el que quiere inscribir la operación y elevarla a escritura pública. Si no se inscribe la hipoteca en el Registro de la Propiedad, esta no sería eficaz para la entidad, ya que no podría ejecutar la vivienda en caso de impago.

Este es un cambio importante ya que, aunque no se especifique la retroactividad, anima a los hipotecados a reclamar un importe que podría ascender a unos 3.000 euros de media. Desde organizaciones de consumidores calculan que hasta 8 millones de personas podrían reclamar, lo que podría agravar la situación de los juzgados, que en la actualidad ya están enormemente saturados por otras reclamaciones relacionadas con cláusulas abusivas incluidas en los préstamos para la compra de vivienda.  No obstante, es una buena noticia para los consumidores que se sentían indefensos ante esta tesitura y para los futuros hipotecados.

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