José Ramón González Clavijo, presidente de la Audiencia Provincial de Salamanca, da la cara en un momento especialmente delicado para la justicia española, tras la decisión del Supremo sobre las hipotecas, y a los pocos días, el acuerdo entre PSOE y PP para renovar el máximo órgano de los jueces. «Nunca hemos estado tan cuestionados como en estos momentos».
– ¿Alguna vez ha estado tan cuestionada la justicia?
La justicia siempre ha sido cuestionada pero es cierto que nunca tanto como en estos momentos.
– ¿Por qué cree que ha ocurrido ahora?
Desde hace algunos años los tribunales de justicia están llevando a cabo una importante labor de protección de los intereses de los consumidores y usuarios frente a determinadas prácticas de las grandes empresas y corporaciones, preferentemente las del sector bancario y financiero, lo que ha generado unas expectativas legítimas que en general han sido suficientemente atendidas, hasta el punto de que podemos hablar de que en más del 90% de los casos se ha dado la razón a los consumidores.
Para ello los juzgados y tribunales han realizado interpretaciones de normas jurídicas, en algunos casos claramente insuficientes o confusas, conforme al espíritu del Derecho Europeo, directamente o acudiendo al mecanismo de la llamada “cuestión prejudicial” planteada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que a través de su capacidad de interpretar dicho derecho, ha dado unas pautas interpretativas a los jueces nacionales, provocando en algunas ocasiones reformas legales.
Cuando en relación con una determinada materia, como era el pago del impuesto de actos jurídicos documentados en relación con la escritura pública de concesión de préstamos hipotecarios, parecía que había una doctrina consolidada tanto de la Sala Tercera (de lo contencioso administrativo) como de la Sala Primera (de lo civil) del Tribunal Supremo, la Sala Tercera cambia de criterio, establece que el impuesto debe ser abonado por las entidades bancarias y ello provocó una ruptura importante del principio de seguridad jurídica por lo que el Presidente de dicha sala convoca a todos los magistrados a un pleno jurisdiccional, para resolver la cuestión. En dicho pleno, como es sabido, se vuelve al criterio anterior.
El problema está en que el pleno debió convocarse con anterioridad y una vez que a dicha Sala le constaba la existencia de múltiples recursos sobre la misma materia y la posibilidad de que en determinadas secciones se siguiese un criterio distinto.
Por lo tanto, las expectativas de los ciudadanos se vieron frustradas, y también las de muchos juristas, los primeros por afectar la sentencia a sus intereses, y los segundos por la inseguridad jurídica que se crea.
– ¿Tienen la sensación de que han fallado a la sociedad, cuando hasta ahora habían sido, junto con las fuerzas de seguridad, los que habían permanecido a flote en medio de tanta corrupción y degradación de lo público?
Sí, se ha fallado a la sociedad, por la forma en que se ha hecho, puesto que lo correcto había sido fijar un criterio previamente y evitar sentencias contradictorias, especialmente si además se decide convocar el pleno no sólo invocando el principio de seguridad jurídica, sino también razones económicas.
– ¿La actuación del Supremo sobre las hipotecas se podría haber hecho de otro modo?
Sí, como ya he dicho debería haberse previsto las consecuencias del cambio de criterio jurisdiccional y haber convocado un pleno desde el momento en que se tuvo conocimiento de la existencia de varios recursos de casación sobre la misma materia, especialmente si la otra Sala afectada, la Primera, también venía siguiendo el criterio de que el impuesto debía asumirlo el consumidor.
– Ha dado la sensación de que se han plegado a los intereses de la banca,…
Puede haber dado esa sensación pero no tengo razón alguna para desconfiar de los magistrados de dicha Sala, con independencia del error cometido a nivel de la presidencia.
Hay que tener en cuenta que, y por lo que yo sé sin ser un especialista en derecho administrativo y menos en derecho tributario, que la cuestión de fondo y analizada con criterios estrictamente jurídicos, no es tan sencilla, puesto que las normas de desarrollo de la Ley habían sido sometidas a dictamen del Consejo de Estado, en varias ocasiones el Tribunal Supremo había declarado la conformidad de esas normas a la ley, y el Tribunal Constitucional había declarado su constitucionalidad. Habrá que leer detenidamente la motivación de la sentencia una vez se publique.
– ¿Esto ha afectado de algún modo a la labor de la Audiencia de Salamanca?
Mientras tanto, y a la espera también de lo que resuelva la Sala Primera, la Audiencia Provincial de Salamanca ha suspendido la deliberación de los recursos sobre esta materia, para garantizar, en la medida de lo posible, la seguridad jurídica y debo recordar que desde que empezaron a llegar los primeros recursos en relación con el pago de los gastos asociados a las escrituras de préstamo hipotecario, la Audiencia Provincial de Salamanca fijó un criterio en un pleno jurisdiccional y todos estos recursos se resuelven siempre en pleno, es decir, por la totalidad de magistrados que actualmente componen la plantilla y no por los tres que habitualmente componen una sala de justicia.
– ¿Cómo puede recuperarse de este golpe la justicia?
Trabajando y haciendo las cosas bien. Aplicando a cada caso concreto, y para eso están los jueces y tribunales, la legislación vigente, respetando el espíritu y finalidad de las normas fundamentales, la Constitución y, en esta materia, las Directivas de la Unión Europea, cuyo espíritu y finalidad debe ser tenida en cuenta en la interpretación de las normas nacionales de trasposición de las mismas.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha suspendido la deliberación de los recursos sobre los impuestos de las hipotecas para garantizar, en la medida de lo posible, la seguridad jurídica
Hay que recordar que los jueces y tribunales deben resolver los asuntos particulares que ante ellos se someten, aplicando al caso concreto la ley como norma general que afecta a todos aquellos que se colocan bajo el supuesto de hecho que la misma contempla.
Sin embargo, últimamente los jueces y tribunales se han visto obligados a resolver infinidad de cuestiones sobre las mismas materias que tenían por lo tanto ya un carácter de generalidad en la que el legislador debería haber adoptado las medidas oportunas, como ha ocurrido ahora al cambiarse la legislación y anunciarse en un futuro inmediato nuevas reformas.
– Casi sin digerir eso se ha producido el tradicional acuerdo entre los partidos para renovar el Consejo General del Poder Judicial. ¿Habría sido buen momento para cambiar la forma de elegir a sus vocales?
Dada la forma en que se ha ido renovando el órgano de gobierno de los jueces con carácter general todos ellos consideran que debe volverse al sistema según el cual de los 20 vocales 12, además de ser jueces o magistrados, deben ser elegidos directamente por éstos, sin intervención del Congreso y del Senado.
Pero incluso, y aceptando el actual sistema, que es el establecido legalmente por el momento, es sumamente preocupante que ni el Congreso ni el Senado, han respetado lo establecido en la letra y en espíritu de la Constitución, la LOPJ y la sentencia del Tribunal Constitucional que en su día declaró la constitucionalidad de esta forma de elección de esos doce vocales, pero advirtiendo que “La lógica del Estado de partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial”.
Se han presentado como candidatos para optar a esas doce plazas un total de 50 jueces y magistrados, unos elegidos por sus respectivas asociaciones, y otros convenientemente avalados por otros miembros de la carrera. Ni el Congreso ni el Senado han convocado a esos candidatos para conocer su currículum, permitirles defender su programa de actuación en caso de ser elegidos, conocer su opinión sobre el estado de la justicia, propuestas en materias tan importantes como la selección y formación de los jueces, designación de los presidentes de los distintos tribunales, régimen de sustituciones, inspección de juzgados y tribunales, régimen disciplinario, necesidad de medios personales y materiales, etc.
En ningún modo la carrera judicial, por lo que yo observo entre los compañeros, acepta que el Congreso y el Senado, sean un diputado (ex ministro de Justicia) y la Ministra de Justicia, que dicen actuar en nombre y representación de dos partidos políticos concretos, cuando, como de todos es sabido, hay otros partidos políticos con representación parlamentaria y, si no recuerdo mal, 350 diputados y 266 senadores.
Es preocupante el que, sin respetar en modo alguno lo que impone la Ley, los representantes de esos dos partidos (de nuevo insisto que no el Congreso ni el Senado), anuncien ya quién será el próximo Presidente del órgano de gobierno
No deja de llamar la atención el hecho de que para optar a la presidencia de una Audiencia Provincial o de un Tribunal Superior de Justicia los candidatos tienen que presentar su curriculum, sentencias o resoluciones judiciales de las que deben realizar un resumen, un programa de actuación que demuestre su conocimiento del órgano jurisdiccional del que pretenden ser presidentes y propuestas de mejora; sean convocados para defender su currículum y su programa ante los vocales del Consejo General del Poder Judicial, y se les someta a un interrogatorio por parte de los miembros de la comisión permanente y de cuantos vocales quieran estar presentes, en una comparecencia a la que habitualmente también acude el jefe del servicio de inspección, con total transparencia y publicidad al retransmitirse la comparecencia y colgarse en la página web del Consejo, en la que cualquier persona puede examinar el curriculum, programa de actuación y ver la comparecencia.
Por el contrario, quienes van a “examinar” y luego nombrar a los candidatos a las presidencias, son designados por un acuerdo entre dos partidos políticos sin ninguna transparencia y publicidad y sin que los ciudadanos o los miembros de la carrera (y me atrevo a afirmar que tampoco los senadores y diputados) tengan un conocimiento de las razones por las que se ha elegido a esos doce y no a alguno de los otros 38 candidatos.
Igualmente es preocupante el que, sin respetar en modo alguno lo que impone la Ley, los representantes de esos dos partidos (de nuevo insisto que no el Congreso ni el Senado), anuncien ya quién será el próximo Presidente del órgano de gobierno, cuando, tal decisión corresponde tan sólo a los 20 vocales elegidos previamente, y que pueden elegir como Presidente a cualquier jurista de reconocido prestigio, siendo este nombramiento especialmente importante, puesto que además de Presidente del Consejo será Presidente del Tribunal Supremo, esto es, la máxima autoridad judicial del país, y, ahora sí, con funciones jurisdiccionales, lo que no ocurre con los 20 vocales, puesto que el Consejo no es un órgano jurisdiccional (no dicta sentencias), sino de gobierno del Poder Judicial.
– Y este lunes jueces y fiscales hacen huelga. ¿Qué es lo que reclaman?
Las reivindicaciones son prácticamente las mismas que las de la anterior huelga, ya que ni el gobierno anterior ni este ha ofrecido nada en concreto.
Además de mejoras retributivas y en materia de licencias y permisos, la planta judicial sigue siendo manifiestamente insuficiente para atender adecuadamente el número de asuntos que entran en los órganos jurisdiccionales. Recordemos que en España sigue habiendo aproximadamente diez jueces y magistrados por cada 100.000 habitantes, cuando la media de la Unión Europea se sitúa por encima de dieciséis por cada 100.000 habitantes y en algunos países superan los 20 jueces por cada 100.000 habitantes. Esto significa que en Salamanca, con 32 jueces y magistrados actualmente, para poder atender razonablemente el número de asuntos que se registran, debería haber 56 jueces y magistrados.
Hay que tener en cuenta que en 2017 se resolvieron en España casi cinco millones y medio de asuntos, siendo el tercer país en litigiosidad de la OCDE.
Es necesaria una profunda modernización de la justicia, dotar de medios materiales a los órganos jurisdiccionales, incrementar la autonomía del ministerio fiscal, entre otras cuestiones.
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