Opinión

Cuidado con los titulares: ¿Atención primaria versus salud mental?

El centro de salud de Garrido Norte Sisinio de Castro.

[dropcap]Ú[/dropcap]ltimamente detectamos titulares de prensa que nos producen cierto recelo. Hace unas semanas fue el del Consejo de Colegios de Médicos sobre “la problemática feminización de la medicina” y hace unos días, en un periódico médico digital ha sido el de “La reforma de la Atención primaria frena el nuevo plan de Salud Mental”. Tras leerlo da la impresión de que hay que escoger entre la inversión en una o en otra, cuando para conseguir un funcionamiento correcto de los Planes de Salud Mental, y de su aplicación, es imprescindible que la Atención Primaria disponga de recursos suficientes para poder abordar las funciones que le marca la legislación. Sabemos que la Atención primaria es la puerta de entrada a la atención en Salud Mental pero no está de más que recordemos el Real Decreto 1030/2006 (por cierto, anterior a la famosa crisis que siempre ponemos como excusa para la inacción) en el que se marcan las funciones de la misma: “La atención primaria es el nivel básico e inicial de atención, que garantiza la globalidad y continuidad de la atención a lo largo de toda la vida del paciente, actuando como gestor y coordinador de casos y regulador de flujos. Comprenderá actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social”. Y continúa describiendo su cartera de servicios en materia de Salud Mental:

  • “Actividades de prevención, promoción, consejo y apoyo para el mantenimiento de la salud mental en las distintas etapas del ciclo vital”.
  • “Detección de psicopatologías de la infancia y adolescencia”…y “derivación, en su caso, al servicio especializado correspondiente”.
  • “Detección de trastornos mentales, del comportamiento y reagudizaciones, en su caso, su derivación a los servicios de salud mental”.
  • “Detección, diagnóstico y tratamiento de trastornos adaptativos, por ansiedad y depresivos, con derivación a los servicios de salud mental en caso de quedar superada la capacidad de resolución del nivel de atención primaria”.
  • “Seguimiento, de forma coordinada con los servicios de salud mental y servicios sociales, de las personas con trastorno mental grave y prolongado”.

Evidentemente, si las condiciones en que se desarrolla la Atención Primaria permitieran cumplir las normas legislativas citadas y asumir las funciones asignadas, el nivel especializado sería más eficaz y eficiente. Por ello creemos que hay que tener cuidado con estos titulares que dan la sensación de enfrentamiento entre niveles de atención y no desviarnos del la lucha por conseguir una Atención Primaria de Calidad.

Esperanza González Marín

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