M.M.B., residente en la provincia de Almería, ha acudido al Juzgado de lo Penal Nº2 de Salamanca este martes por la mañana en calidad de acusada por un presunto delito de estafa, por apropiarse de unos décimos de lotería por valor de 2.100€ que no pagó.
Los hechos tuvieron lugar el 23 de marzo de 2018, cuando la acusada se puso en contacto vía telefónica con el dueño de la administración de lotería de la calle Toro Nº 32.
En esa conversación, ella le indica que quiere unos determinados números para los sorteos de abril y solicita que se los envíen a su domicilio de Almería. La acusada indica que en todo momento se identificó mandando el DNI, el teléfono y el correo electrónico.
Declaró en el juicio que la causa para no poder pagar al dueño de la administración fue que “uno de mis seis hijos se puso muy enfermo y tuve que comprar muchas medicinas”. Alega, además, que le solicitó al dueño poder pagarle a plazos y que este no le dio facilidades.
La acusada empezó a pagar la deuda a los cinco meses, pero la denuncia ya estaba puesta. “En todo momento tuve intención de pagarle”, respondió al fiscal. En la actualidad la deuda solo asciende a 80€ que le quedan por pagar al seguro.
La defensa aportó un documento en el que ambas partes certifican que se ha saldado la deuda restante, ya que ha pagado al dueño de la administración 420€ pocos minutos antes de comenzar el juicio, cifra que se suma a los 1.680€ que ya ha pagado el seguro de la administración de lotería afectada.
El lotero niega que la acusada le comentase la enfermedad de su hijo y que se fio de ella “porque le parecía buena persona”. El proceso fue reclamar al seguro la cantidad de la deuda, poniendo la pertinente denuncia para recuperar el dinero.
La valoración inicial del Ministerio Fiscal indicaba una pena de dos años de prisión y la cantidad adeudada en concepto de responsabilidad civil, pero que al certificarse que ya se le había abonado reduce la pena a un año de prisión y elimina la responsabilidad civil.
La defensa propone que en caso de resultar condenada, sea por un delito de estafa con atenuante por reparación del daño en el que admitiría una pena de tres meses de prisión. Argumentan que a pesar de vivir a 800 Km de distancia ella se identificó en todo momento. Se trataría de un incumplimiento contractual que en ningún caso iría por la vía penal, sino por la civil.
Texto: J.A.G.G.