El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Madrid ha anulado una multa de 1.800 euros impuesta por la Jefatura de Tráfico de Salamanca por un exceso de velocidad denunciado en 2018.
La infracción la cometió un conductor que iba en un coche de empresa. La empresa, como propietaria del vehículo, recibió una notificación de la Jefatura Provincial de Tráfico de Salamanca en la que se la requería identificar al conductor del citado automóvil.
La empresa cumplió con su deber y notificó a la Jefatura Provincial de Tráfico el nombre, apellidos e incluso el DNI de la persona que tiene asignado el vehículo con lo que en teoría deberían haber terminado los problemas para la empresa pero no fue así y, pese a haber notificado todos los datos del conductor, fue sancionada con 1.800 euros “por no identificar al conductor”.
El Juzgado contencioso administrativo número 9 de Madrid declara nula la multa ya que se había identificado al conductor (que es a quien tenían que haber multado, en lugar de la empresa) y además condena a la Administración a pagar las costas, es decir, los honorarios de ABOGA2, el despacho de la empresa que demandó.