La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la licencia de primera actividad concedida por el Ayuntamiento al hotel Corona Sol, confirmado la sentencia del Juzgado de los Contencioso de Salamanca, que fue recurrida por la empresa propietaria Palco 3.
En diciembre de 2016 el juzgado de los Contencioso número 1 de Salamanca anuló la licencia de primera utilización a Palco 3 S.L. en relación a las obras ejecutadas para cambio de uso de adecuación de edificio de apartamentos a hotel en C/ Víctor de la Concha s/n de Salamanca para convertirlo en el hotel Corona Sol y la resolución del concejal del Ayuntamiento de Salamanca de 7 de octubre de 2011 consistente en declarar la conformidad con la comunicación de inicio de actividad de edificio destinado a hotel en la C/ Víctor de la Concha s/n.
El juzgado declaró que las resoluciones del equipo de gobierno del PP no eran conformes a derecho, por lo que las anuló y ordenó al Ayuntamiento a adoptar las medidas precisas que requiera la ejecución de ese fallo.
Lo que hizo el Ayuntamiento fue esperar a que la empresa propietaria del establecimiento, llamada Palco 3, recurriera la sentencia que anulaba la licencia de inicio de actividad del hotel, como así ocurrió.
El 7 de octubre de 2011 el equipo de gobierno del PP en el Ayuntamiento dio su conformidad con la comunicación de inicio de actividad de edificio destinado a hotel en la c/ Víctor de la Concha s/n, edificio que tenía concedida en septiembre de 2005 licencia de construcción de 110 apartamentos, oficinas, local, garaje y vado, y que en fecha 14 de septiembre de 2010 se concedió para el mismo licencia de primera utilización, licencias firmes.
La justicia anuló la licencia de obras para el cambio de uso del edifico de apartamentos para convertirlo en hotel, y la licencia ambiental que se solicitó por el cambio de uso (por la insuficiente altura de las chimeneas la extracción de los garajes, desestimando el resto de los motivos que alegaban los vecinos: contaminación por ruidos y contaminación del aire por el recalentamiento que producían los aparatos climatizadores del hotel).
Lo que se anula ahora es una tercera licencia, la de primera ocupación (inicio de actividad) del inmueble como hotel cuando sus anteriores licencias estaban concedidas para un edificio de apartamentos.
Se anuló la licencia de obras y cambio de uso no porque el proyecto fuera en sí ilegal, sino porque el técnico que lo redactó no tenía competencia para hacerlo, “de manera que la restauración de la legalidad ha de ceñirse a tal extremo sin que, desde luego no de momento, pueda ordenarse la incoación de expediente sancionador” al Consistorio. Y la ambiental por los motivos ya explicados.
La anulación de ambas licencias impide la concesión de la licencia de primera ocupación/inicio de la actividad como hotel.
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León desestima, por tanto, el recurso de Palco 3 y le condena en costas.
Este aspecto es muy importante, porque la estrategia del Ayuntamiento y d Palco 3 es recurrirlo todo y dilatar el procedimiento para tratar de arruinar a Avemur hasta hacerla desistir. Esta sentencia, que es recurrible, les da la razón y un balón de oxígeno en su lucha por restablecer la legalidad en un asunto plagado de irregularidades y deseos por parte del equipo de Gobierno del PP de conceder las licencias a una empresa amiga a pesar de los reveses judiciales.