[dropcap]T[/dropcap]enemos un coche y queremos ir a Madrid o Barcelona, por negocios o por ocio, nos preguntamos sí nos dejarán circular por sus vías con nuestro vehículo. En función de la contaminación y antigüedad del vehículo, por ordenanza municipal podrán restringir la circulación de nuestro coche.
De momento, son la capital y la ciudad condal las que tienen restringida la circulación dependiendo del CO2 en la atmósfera, pero es un hecho imparable. Valladolid se lo está planteando, porque está muy contaminada. Restringir a los que más contaminan y ‘premiar’ a los que menos contaminan que puedan circular.
Hablamos con Hipólito Cuesta, delegado del Colegio de Gestores Administrativos en Salamanca, porque este colectivo puede imprimir las etiquetas ambientales. ¿Cuándo hay que utilizarla?
En función de la contaminación del vehículo y por el periodo que se establezca por decreto municipal. En principio, puedes circular libremente, pero en cuanto haya contaminación solo entran los vehículos que menos contaminan o no contaminan.
¿Cómo las podemos conseguir?
Las etiquetas las imprime la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, las asignan la Dirección General de Tráfico, en función de las características técnicas del vehículo, y las imprimen una serie de colaboradores sociales. Entre ellos, nosotros, los gestores administrativos, que disponemos en nuestros despachos de las etiquetas. Nos conectamos con tráfico, que es el que asignan la etiqueta medioambiental correspondiente, la imprimimos y entregamos.
¿Crees que puede haber alguna falsificación?
Son nominativas. En la etiqueta figura la matrícula del vehículo, hay que imprimirlas, no es una pegatina en blanco. Sería una falsificación de documento y eso es un delito tipificado en el Código Penal.
Las etiquetas ambientales es la calificación de contaminación del vehículo.
Cuatro categorías de emisión:
- 0 Emisiones. Eléctricos de batería -BEV-, eléctricos de autonomía extendida, -REEV-, eléctricos híbridos enchufables -PHEV- con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
- ECO. Eléctricos enchufables con autonómía inferior a 40 km, híbridos no enchufables -HEV-, vehículos propulsados por gas natural y gas -GNC y GNL- o gas licuado del petróleo -GLP-. Debe cumplir los criterios de la etiqueta C.
- C. Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de ocho plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- B. Turismos y furgonetas ligeras gasolina matriculados desde enero de 2000 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de ocho plazas y pesados, tanto diésel como gasolina, matriculados a partir de 2005.