Le robó a su prima en siete meses más de 57.000€

Los dos regentaban una administración de lotería en Ciudad Rodrigo

Frida y Virgilio, primos hermanos, regentaban una administración de lotería en Ciudad Rodrigo, ejerciendo las tareas propias requeridas para la administración y gestión del citado negocio, con atribución a ambos de las mismas funciones en lo concerniente al registro, anotación y cómputo de cuantas operaciones de venta, ingresos, gastos, devoluciones, comisiones o cualesquiera otras de diversa naturaleza.

Los dos primos decidieron establecer un turno de trabajo personal, gestión, administración y control del negocio, desde el mes de febrero de 2012.

La contabilidad del negocio se materializaba, en su mayor parte, -según el acuerdo que ambos tomaron mediante un sistema (ciertamente, muy rudimentario o básico), según el cual cada uno debía anotar, de modo manuscrito, en unos ‘cuadernos’ todas las operaciones llevadas a cabo e incidencias surgidas durante la semana en que le correspondiera hacerse cargo del establecimiento, efectuando un cierre, -a manera de liquidación rendición de cuentas semanal- en que cada uno hacía constar el importe del valor numerario y en efectos, etc., que dejaba a disposición del otro copropietario para que este pudiera continuar en la semana entrante con la normal explotación del negocio, siendo dicha suma la resultante de cuadrar la cantidad de dinero en metálico existente en caja y bandejas, pagos efectuados, importe de los décimos de lotería impresos, etc., y las cantidades obtenidas por las ventas de lotería y otros juegos de apuesta, en ventanilla.

A partir del 18 a 24 de noviembre de 2013, y coincidiendo con algunas de las semanas impares en que Virgilio estuvo al frente de la citada oficina de administración de lotería, surgieron importantes desajustes y desfases económicos y contables, al dejar aquél anotado y escrito al cierre de varias semanas importes inferiores a los que hubiera correspondido, en realidad, y desviando determinadas cantidades dinerarias para un destino distinto al que tenía previsto.

Observados dichos descuadres por Frida en la contabilidad que venía señalando y concretando Virgilio en las semanas sucesivas, y ante la falta de fondos y de liquidez surgida para hacer frente al pago debido y pendiente, en enero de 2014, de 48.858,80 euros, procedente de las liquidaciones practicadas por la SELAE, (con seguimiento por la SELAE de un expediente informativo frente a Frida , como titular), Frida se vio obligada, entre otras cosas, a solicitar, a su nombre, una póliza de préstamo por importe de 40.000 euros, pues, de no hacerlo, no abonando al SELAE lo adeudado, podría quedar revocada la licencia administrativa, por entonces de su exclusiva titularidad, con el consiguiente cierre del punto de venta.

En igual sentido, a consecuencia de una inspección girada al repetido punto de venta por el Servicio de Inspección de la SELAE, para llevar a cabo en forma segura y adecuada la gestión del negocio, en fecha 9-3-2015, denunciante y acusado, tras haber constituido, en abril de 2014, una sociedad limitada, denominada » Arturo y MaríaLuisa , S. L .» (figurando los dos como socios partícipes al 50% y como administradores solidarios), dieron de alta a la misma a efectos administrativos, por tanto, cesando Frida en su condición de titular del punto de venta y apareciendo, como tal titular, la referida sociedad.

Además, de la cantidad de 8.000 euros que el acusado Virgilio había retirado de la caja, en concepto de anticipos al cobro de las comisiones que a él le correspondía percibir (1.000 y 3.000 euros, según recibo de 21-12-2013, 2.000 euros, el 15-3-2014, 2.000 euros, del 10 al 15 de febrero de 2014, etc.), en tal concepto, sin ilicitud por su parte, sin embargo, durante algunas de las semanas en que estuvo al frente de la administración y gestión de la oficina y punto de venta y hasta la fecha de alta de la mercantil como nueva titular de la licencia de gestión del dicho punto de venta, se produjeron desfases o desajustes económicos en las cantidades en metálico siguientes que, dicho acusado, sin la debida justificación, hizo suyas, distrayéndolas, con ánimo de darles un destino desconocido, pero en todo caso, distinto al propio.

En concreto 57.088,39 euros:

  • En la semana 45/13, del 4 al 11 de noviembre, de 2013, faltarían del punto de venta de lotería, 6.419, 26 euros.
  • En la 47/13, del 18 al 24 noviembre de 2013, 5.200 euros.
  • En la 49/13, del 2 al 8 de diciembre, 5.007,19 euros.
  • En la semana 51/13, del 16 al 22 de diciembre, faltarían 26.002,86 euros.
  • En la 9/14, del 24 de febrero al 2 de marzo de 2014, 3.755,97 euros.
  • En la 11/14, del 7 al 13 de marzo de 2014, 3.049,30 euros.
  • En la 15/14, del 7 al 12 de abril de 2014, 1.547,09 euros.
  • En la 17/14, del 21 al 26 de abril de 2014, 2.951,78 euros.
  • En la 19/14, del 5 al 11 de mayo, 3.154, 94 euros.

La condena

Virgilio es condenado como autor criminalmente responsable de un delito consumado continuado de apropiación indebida, a las penas de 27 meses de prisión y de una multa de siete meses con una cuota diaria de siete euros; así como al pago de las costas procesales causadas, incluidas las originadas a la acusación particular; condenándole, asimismo, a que abone, en concepto de indemnización de daños y perjuicios a Frida , la suma de 57.088,39 euros, cantidad que devengará los intereses legales correspondientes.

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