El alcalde de Valladolid, Óscar Puente, ha salido al paso del comunicado emitido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el que califica de «inaceptables» sus críticas a la anulación de una multa ‘foto-rojo’ por parte de un juzgado de lo Contencioso de Valladolid.
Puente indica que se ha limitado a ejercer su derecho a opinar sobre una sentencia de uno de los cuatro juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid. El alcalde considera “desaforada” la reacción de la Sala de Gobierno del TSJCyL frente al “silencio” que ha mantenido este mismo órgano judicial ante casos de descalificaciones de sentencias procedentes de otros ámbitos de la política, como la Junta, y también lamenta que se le atribuyan declaraciones que no ha realizado.
Puente subraya que su opinión crítica se centra en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 que anula una multa sobre un caso de “foto-rojo” , con justificaciones que no coinciden con los criterios de los otros juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid.
El alcalde, según un comunicado del Ayuntamiento, no ha realizado descalificaciones de tipo personal a ningún juez y menos aún los “exabruptos” a los que alude el comunicado del TSJCyL. “El único que ha utilizado este tipo de expresiones es el propio Tribunal Superior en el comunicado y el juez que emitió la sentencia incluyendo incluso juicios de valor”, dice Puente.
El alcalde de Valladolid reitera su legitimidad a valorar una sentencia, que se considera “aislada”. “De hecho, los otros juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid , tal y como se expuso en el juicio que dio lugar a esta sentencia, avalan las sanciones que el Ayuntamiento de Valladolid impone mediante este dispositivo, en el que se capta con una imagen cómo el vehículo se salta un semáforo en rojo. Por tanto, la resolución de este juez única y exclusivamente afecta a ese caso y, en consecuencia, no sienta ningún tipo de jurisprudencia”, se asegura desde el Consistorio.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León había acusado al regidor de vulnerar el principio constitucional de la separación de poderes y rechazaba que invocara a la seguridad vial para justificar la imposición de multas al margen de la legalidad.
En un comunicado, el TSJCyL argumenta que la crítica a cualquier resolución judicial es legítima, pero no la “descalificación personal del juez o magistrado que la dicta”. En este sentido, lamenta las alusiones personales a la esposa del magistrado, “que sólo descalifican a quienes las realizan” y asegura que la expresión “no me pienso comer la sentencia”, supone una directa vulneración del principio constitucional de separación de poderes.