9.557 autónomos de Salamanca reciben la prestación extraordinaria por cese de actividad

Debido al impacto del coronavirus en la actividad económica

La Seguridad Social reconoció, a 8 de mayo de 2020, la prestación extraordinaria por cese de actividad a un total de 65.205 autónomos de Castilla y León, dentro de los 1.316.000 autónomos a los que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reconoció la prestación extraordinaria a fecha del 12 de mayo de 2020, lo que supone el 92 por ciento del total de solicitudes.

 

En concreto y por provincias, la prestación fue concedida a un total de 13.747 autónomos en Valladolid, 12.651 en León, 9.557 en Salamanca, 9.160 en Burgos, 4.849 en Zamora, 4.677 en Segovia, 4.300 en Ávila, 3.882 en Palencia y 2.383 en Soria, informó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España.

En cuanto a la tasa de cobertura, que representa los beneficiarios de la prestación en la primera semana de mayo sobre la media de afiliados en febrero, antes del impacto de la pandemia por coronavirus, la de Castilla y León se sitúa en el 34,01 por ciento, la tercera más baja del conjunto del país tras Aragón (31,34 por ciento) y Navarra (31.73 por ciento).

Por provincias de la Comunidad, la tasa de cobertura más alta se ubica en Valladolid, con el 38,4 por ciento, seguida de Salamanca (36,31 por ciento), León (34,82), Burgos (33,52), Segovia (32,91), Soria (30,58), Ávila (30,35), Palencia (29,61) y Zamora (29,12).

3,1% de solicitudes denegadas

Del total de solicitudes realizadas en el conjunto de España, que asciende a 1,42 millones, tan solo se denegaron el 3,1 por ciento, mientras que el 4,6 se encuentra en trámite. La prestación, que también conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada por el Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo, tras la declaración del Estado de Alarma.

En términos absolutos del conjunto del país, los sectores con más beneficiarios de la prestación son el comercio, con 328.767 solicitudes aceptadas, la hostelería, cuya cifra asciende a las 255.493 solicitudes aceptadas, y la construcción, con 134.383. Mientras, por Comunidades Autónomas, las que cuentan con un mayor número de receptores son Andalucía, Cataluña y Madrid.

Tiene acceso a esta prestación, cuya cuantía asciende al menos a 661 euros mensuales, cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del Estado de Alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75 por ciento con respecto a la media mensual del semestre anterior. En el caso de algunos colectivos, como el régimen agrario, del mar, o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores.

Devolución de cuotas

La Tesorería General de la Seguridad Social ya devolvió la parte correspondiente de las cuotas de marzo de 272.749 autónomos que tenían entonces concedida la prestación. El importe de la devolución asciende a 44,7 millones de euros y, en las próximas semanas, también se realizarán las devoluciones de las cotizaciones de abril a aquellos a quienes se les reconoció después de que se realizase la orden de cobro.

El pasado día 30 de abril, más de 1,1 millones de autónomos recibieron la prestación extraordinaria por un importe de 641,2 millones de euros. Previamente, el 17 de abril, ya se había realizado el ingreso de la primera mensualidad, que supuso una inyección de 670,9 millones de euros. La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos, en esta situación excepcional provocada por el COVID-19, y contribuir a la supervivencia de su negocio.

Para solicitar esta prestación, un trámite que se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, no se requiere periodo mínimo de cotización exigido para otras, ya que solo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

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