El presidente de la Audiencia Provincial de Salamanca, José Ramón González Clavijo, ha emitido un acuerdo en el que se establecen las medidas adoptadas para la reactivación judicial así como las condiciones de uso del edificio de la sede de la Audiencia Provincial y los Juzgados de Menores y Vigilancia Penitenciaria.
Los responsables de la seguridad y vigilancia del edificio, tanto Guardia Civil como seguridad privada, evitarán la aglomeración de público en las inmediaciones del edificio con carácter previo a las actuaciones judiciales previstas, garantizando la distancia mínima de seguridad de dos metros entre las personas.
En la entrada del edificio se contará con mascarillas higiénicas, guantes y geles hidroalcohólicos de utilización obligatoria por los usuarios, tanto se trate de funcionarios como de profesionales y ciudadanos que acudan al mismo. Igualmente, habrá contenedores o papeleras destinados únicamente a depositar los objetos del equipo de protección individual desechados.
Tan sólo podrán acceder al edificio aquellas personas que hayan sido previamente citadas o convocadas y así deberán acreditarlo. Los ciudadanos deberán solicitar la información que necesiten por vía telemática o telefónica.
Se prohíbe cualquier tipo de reunión en todas las zonas comunes del edificio y de forma muy especial en el vestíbulo y en los accesos a la sala de vistas, debiendo los profesionales efectuar las reuniones y comunicaciones con sus clientes que consideren imprescindibles siempre por vía telemática.
Todos los usuarios del edificio deberán respetar la distancia de seguridad mínima de dos metros, así como las indicaciones que imparta el servicio de seguridad y vigilancia y los funcionarios, y en particular las señales instaladas, tanto en las zonas comunes como en los distintos despachos de los funcionarios y aseos.
Los juicios y comparecencias se celebrarán de forma telemática con carácter preferente, contando incluso para ello con la utilización de la sala de vistas del Juzgado de Menores una vez coordinadas las actuaciones judiciales con el titular de dicho órgano, y de no ser posible, todos los asistentes a las vistas deberán respetar la distancia mínima de seguridad y la utilización de los medios personales de protección.
De ser estrictamente necesaria la presencia de los acusados, también se adoptarán las adecuadas medidas de protección, sin perjuicio de las que puedan adoptar las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado de ser necesaria su presencia por encontrarse el acusado en situación de prisión.
Las actuaciones, vistas y juicios se celebrarán preferentemente a puerta cerrada, sin perjuicio del criterio de quien presida el tribunal en cada momento, garantizándose la publicidad a través del sistema de grabación de los juicios y contando eventualmente con la presencia de representantes de los medios de comunicación que lo soliciten de considerar necesaria su asistencia y siempre que cumplan también con las medidas de seguridad establecidas.
Excepcionalmente podrá acordarse la presencia como público de personas directamente vinculadas con los justiciables en un número total que garantice el cumplimiento de las distancias de seguridad tanto en los accesos como en el interior de la sala de vistas, y deberán cumplir las instrucciones del personal de Auxilio Judicial.
Los abogados y procuradores que asistan a los juicios y vistas orales quedan dispensados del uso de las togas.
El Ministerio Fiscal y la representación y defensa de las partes deberán presentar la documentación adicional que consideren necesario aportar al inicio de las sesiones del juicio oral al menos dos días antes de la celebración del juicio, y sólo en el caso de que no hubiera sido posible presentarlo, con la misma antelación por vía telemática.
En el señalamiento de los juicios y vistas se procederá a dejar tiempo suficiente entre uno y otro para evitar la comunicación de ciudadanos y permitir la limpieza necesaria de los estrados y micrófonos utilizados en la vista anterior.
Igualmente, al citar a las partes, testigos, peritos y cualquier otro interviniente en el juicio o vista, que no pueda hacerlo por vía telemática, se indicará la hora en la que deben estar presentes en la zona de espera, de forma que no coincidan en un mismo momento más de cinco personas, número este que permite garantizar el respeto de la distancia mínima de seguridad, con eventual utilización, de ser necesario, de la biblioteca si debe evitarse la comunicación de testigos.
La Gerencia Territorial de Valladolid del Ministerio de Justicia deberá garantizar la reposición de mascarillas, geles hidroalcohólicos, jabón y servilletas de papel desechables, y adecuada protección de los micrófonos y recogida del material desechado con las debidas garantías de seguridad, así como realizar las gestiones oportunas para reforzar la limpieza adecuada y periódica de las distintas dependencias del edificio y de forma muy particular tras su utilización, especialmente si se va a proceder al señalamiento de sesiones de juicios orales y vistas en turnos de mañana y tarde, con asistencia de distintos magistrados, profesionales y usuarios de la Administración de Justicia. El personal de limpieza abrirá todas las ventanas de la Sala de vistas para garantizar su adecuada ventilación a primera hora de la mañana y a mediodía de celebrarse o continuarse un juicio en horario de tarde.