Las altas temperaturas se verán acompañadas de un incremento del viento, probabilidad de tormentas con poca precipitación y alta inestabilidad atmosférica. Estos factores incrementan la probabilidad de ignición y la velocidad de propagación por viento de los incendios que se inicien, en especial en las horas centrales del día y primeras horas de la tarde.
Se establecen medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden por la que se regula el uso del fuego y se prohíbe realizar trabajos en el monte y franja de 400 metros con maquinaria que pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas, como son, entre otras, cosechadores y empacadoras.
Se prevé que este jueves, 30 de julio, haya viento de componente sur mantenido, de 15 a 35 kilómetros por hora. En algunos momentos, el viento será especialmente intenso y desecante en el centro y noreste de la meseta, y rolará a suroeste el viernes y oeste el sábado, disminuyendo paulatinamente su velocidad. Además, el jueves se espera tormenta generalizada con escasa probabilidad de precipitación que puede complicar la situación debido a los rayos que caigan.
Todo ello se suma a las condiciones de altas temperaturas y baja humedad relativa de estos días y se acompaña de una alta inestabilidad atmosférica, como indica el Índice de Haines, debido a la masa continental sahariana en altura, que puede derivar en que los incendios iniciados cobren fuerte convectividad, y por efecto del viento o de la convectividad aisladamente o sumadas, deriven en un Gran Incendio Forestal (GIF) de difícil extinción.
Además, este año por el gran desarrollo de la vegetación herbácea, ya totalmente agostada, estas situaciones se pueden complicar, lo que obliga a estar alerta en las comarcas que siguen realizándose la cosecha del cereal y el empacado de paja, labores que se prohíben los días 30 y 31 de julio en el monte y en la franja periférica de 400 metros.
Ante esta situación, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente declara, por Resolución del Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal, la situación de alarma meteorológica los días 30 y 31 de julio y de alerta, el 1 de agosto. Durante estos días se solicita a la población que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
En este sentido, cabe destacar la prohibición de los trabajos con maquinaria que puede generar chispas o deflagraciones en monte y franja de 400 metros, como son, entre otras, cosechadoras y empacadoras. El 1 de agosto se reduce levemente el riesgo, pasando a una situación de alerta, donde la anterior prohibición solo tendría efecto si se superan los 30ºC y vientos de más de 30 kilómetros por hora simultáneamente.
Estas circunstancias meteorológicas agravan el ya elevado riesgo de incendios que tenemos en la Comunidad, por la alta probabilidad de ignición y la fuerte velocidad de propagación prevista, lo que plantea un escenario donde la probabilidad de que un incendio se transforme en un GIF es alta. Esta situación es generalizada en toda la Comunidad, lo que ha llevado a tomar una medida común para todo el territorio.
Prohibiciones
La Resolución prohíbe el uso de barbacoas; el uso de los ahumadores en la actividad apícola; suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; prohíbe el uso de maquinaria en el monte y franja de 400 metros de terreno rústico, cuyo funcionamiento genere fuego, como sopletes, soldadores, radiales; y prohíbe el uso de maquinaria en el monte, cuyo funcionamiento pueda deflagración, chispas o descargas eléctricas durante los días 30 y 31 de julio.
El 1 de agosto, la utilización de maquinaria tipo cosechadora o empacadoras se suspenderá en los momentos en que la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. No obstante, con las elevadas temperaturas y fuerte sequedad ambiental, sumadas a gran desarrollo de vegetación herbácea, se recomienda suspender las labores no urgentes y si se trabaja fuera de las condiciones antes descritas, mantener la máxima precaución y tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
El uso de motosierras sí está permitido siempre que se cuente con medios de extinción adecuados en el lugar donde se trabaje (mochila, batefuegos o similar) y sus lugares de mantenimiento, si son en monte, se mantengan limpios de vegetación en un radio de al menos dos metros y con medios de extinción.
Los campamentos juveniles podrán seguir con su funcionamiento habitual extremando la vigilancia y las medidas preventivas, teniendo especial prudencia en el uso de los generadores, motores y las cocinas de campamento.
Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte, solicitando avise a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales. También se alerta a las empresas e instituciones que realizan trabajos y actividades al aire libre, fuera de la zona forestal, para que extremen la precaución, suspendiendo los trabajos con maquinaria no urgentes por la posibilidad de que originen fuegos que se extiendan al terreno forestal.