Sancionados en pleno confinamiento; sí, en Salamanca, al igual que en otras zonas de España hubo quién se saltó ‘a la torera’ el aislamiento, más allá de las salidas imprescindibles.
La primera de ellas tuvo lugar el 5 de abril en la calle Castroverde de Salamanca, en el barrio del Zurguén, mientras que la segunda se produjo en la calle Relojeros, del salmantino barrio de Pizarrales. Así lo indican las dos Resoluciones Oficiales:
“Los Servicios Técnicos Municipales han elevado a esta Alcaldía los Informes emitidos por la Policía Local y el Técnico de Administración General del Servicio de Policía y Actividades Clasificadas, dejando constancia de la presunta comisión de una infracción de carácter grave contemplada tanto en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 Marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana como en la Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia Ciudadana e imputable al/a la interesado/a, consistente en el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares, en particular, la tenencia ilícita de drogas en la vía pública, circunstancia acaecida y puesta de manifiesto por la Policía Local el día 5 de abril de 2.020, a las 17,20 horas, en la calle Castroverde s/n de Salamanca, infracción que podría ser sancionada con multa de entre 601 y 30.000 euros, según contemplan los artículos 36.16 y 39.1 de la referida Ley Orgánica”.
De este modo, se puso en conocimiento “del/de la interesado/a que la sanción a imponer con carácter general en caso de que resulte acreditada su responsabilidad con relación al comportamiento imputado, será en forma de multa por importe de 602 euros en ausencia de situaciones de reincidencia u otras agravantes/atenuantes de su responsabilidad que no se aprecian en principio a la hora de incoar el presente expediente sancionador”.
La segunda de las sanciones tuvo lugar el pasado 26 de abril, y fue del siguiente modo:
“Los Servicios Técnicos Municipales han elevado a esta Alcaldía los Informes emitidos por la Policía Local y el Técnico de Administración General del Servicio de Policía y Actividades Clasificadas, dejando constancia de la presunta comisión de una infracción de carácter grave contemplada en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 Marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana e imputable al/a la interesado/a, consistente en portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, en particular, portar armas (navaja) en la vía pública, circunstancia acaecida y puesta de manifiesto por la Policía Local el día 26 de abril de 2.020, a las 02,25 horas, en la calle Relojeros s/n de Salamanca, infracción que podría ser sancionada con multa de entre 601 a 30.000 euros, pudiendo disponerse igualmente la retirada del arma en cuestión, según la Ley”.
De este modo, se puso en conocimiento “del/de la interesado/a que la sanción a imponer con carácter general en caso de que resulte acreditada su responsabilidad con relación al comportamiento imputado, será en forma de multa por importe de 602 euros, en ausencia de situaciones de reincidencia u otras agravantes/atenuantes de su responsabilidad que no se aprecian en principio a la hora de incoar el presente expediente sancionador”.