Los habitantes de Sotoserrano, confinados; así lo ha decidido la Junta de Castilla y León con el objetivo de frenar la oleada de contagios que asola a este muncipio
De este modo, la Consejería de Sanidad publicará este 30 de septiembre las correspondientes órdenes en el Boletín Oficial de Castilla y León, entrando en vigor las actuaciones preventivas previstas desde ese momento y durante un plazo inicialmente establecido en catorce días. También confinará la localidades de Medina del Campo y El Carpio en Valladolid.
Estas actuaciones estarán vigentes desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad y su duración se prevé inicialmente durante catorce días, hasta el martes 13 de octubre inclusive, plazo que podría prorrogarse en función de la evolución de la situación epidemiológica.
La Administración regional ha dado traslado de estas normas sanitarias a la Delegación del Gobierno de la Nación, al igual que al ayuntamiento de Sotoserrano y de sus municipios limítrofes, para su conocimiento y con el fin de recabar su cooperación en la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las mismas, incluyendo la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; una vez sean efectivas tales medidas, se dará traslado a los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León para que soliciten su ratificación judicial.
En este sentido y en consonancia con la Declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, aprobada por el Ministerio de Sanidad para el conjunto del Sistema Nacional de Salud, las actuaciones de contención previstas recogen medidas y recomendaciones referidas a los ámbitos que, actualmente, son origen de los brotes epidémicos de mayor impacto y riesgo para el control de la transmisión comunitaria: actividades de hostelería y restauración; en los centros socios sanitarios; y para eventos y actividades multitudinarias.
De esta manera, las medidas contempladas para esta localidad de la provincia de Salamanca son:
Se restringe la libre entrada y salida de personas en Sotoserrano (Salamanca) salvo aquellos desplazamientos que, adecuadamente justificados, se produzcan por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.
Retorno al lugar de residencia habitual.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad y por cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen estos municipios estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera.
Se permite la circulación de personas residentes, si bien se desaconsejan los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, que adoptará la dirección del centro. Asimismo, se suspenden las salidas de los residentes al exterior.
La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado en dichos municipios se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
En los establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas, se deberán observar las siguientes medidas:
Consumo en el interior de bares y cafeterías deberá realizarse sentado en mesa.
En los restaurantes y sociedades gastronómicas está prohibido el consumo en la barra y en la zona de cafetería o bar; en todo caso, tanto en el interior de los locales como en las terrazas al aire libre, deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de seis personas por mesa o agrupación de ellas.
En todos los establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas, así como en terrazas al aire libre, no se permite el consumo de pie y se extremará el uso obligatorio de mascarilla y la distancia interpersonal.
Estas mismas medidas se aplicarán a todo establecimiento, actividad, instalación o terraza en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería o restauración en Sotoserrano.
La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponde a las autoridades estatales, autonómicas y locales según el régimen competencial aplicable; todas las administraciones colaboran para la resolución en el menor plazo posible de esta situación epidemiológica y la reversión de las medidas adoptadas.
No obstante y ante las actuales circunstancias, es imprescindible el compromiso individual para cumplir con las medidas básicas para la prevención de la COVID-19 (lavado frecuente de manos, distanciamiento físico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas) e imperiosa la necesidad del cumplimiento social en lo referido a las obligaciones más específicas que se recogen en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.