Consumir bebidas alcohólicas en la vía pública no está permitido, salvo que se trate la terraza de un bar, obviamente. Tampoco se puede llevar a cabo este hecho en la Plaza Mayor de Salamanca.
Así lo recoge la Ordenanza Municipal para la Prevención del Alcoholismo y Tabaquismo, que recoge la sanción impuesta a un hombre, por una infracción de «carácter leve», recogida en la Ley 3/1994, de 29 Marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León.
De este modo, y según la Resolución Oficial, la multa estuvo motivada por consumir «bebidas alcohólicas en la vía pública», situación que tuvo lugar a las 16.31 horas del pasado 3 de junio en la Plaza Mayor de la ciudad de Salamanca.
Esta infracción, que puede ser sancionada con una multa de entre 30 y 600 euros, se saldó con un importe económico de 150 euros para el denunciado, según la resolución oficial