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Lo que cambia con la Ley Celaá de educación

Apuesta por el sistema público a diferencia del modelo del PP, que apostaba por la concertada
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Preparación de un aula para la vuelta al cole. (Ical) ARCHIVO.

El Congreso de los Diputados aprobó este jueves la nueva ley de educación, la llamada ‘ley Celáa’, que cambia la inercia que instauró el PP con la ‘Ley Wert’, de forma que se apuesta más por la educación pública y la concertada (la privada que pagamos entre todos y que en su mayoría está en manos de entidades católicas) volverá a tener un papel complementario. Los ayuntamientos ya no podrán ceder suelo público para que se construyan centros privados concertados, como autorizó en su día la ‘Ley Wert’.

 

Lo que cambia y lo más relevante de la nueva ley de educación que ahora tiene que pasar el trámite del Senado antes de entrar en vigor. El Congreso aprobó el modelo con el voto en contra de toda la derecha: Cs, PP y Vox.

  1. EL CASTELLANO YA NO ES VEHICULAR: Ya no es lengua vehicular de hecho desde hace muchos años, no es algo nuevo. Pero las administraciones garantizarán el derecho a recibir la educación en castellano y en lenguas cooficiales para alcanzar un dominio pleno y equivalente. El castellano no desaparece de Cataluña. Lo único que cambia de la ley anterior a la ley de Celáa es un párrafo: eliminan que se trata de la «lengua oficial del Estado», pero añaden que se aplica «de conformidad con la Constitución Española». En la práctica la ley Celáa no cambia nada de la ley Wert.
  2. CURRÍCULO: El Ministerio fijará los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas que no afectarán a más del 50% de los horarios para las comunidades con lengua cooficial ni del 60% para el resto.
  3. LA RELIGIÓN: Hay que ofrecerla de forma obligatoria. La nota no contará para procesos de acceso universitario o a becas.
  4. EDUCACIÓN ESPECIAL: En diez años los centros ordinarios deberán tener recursos para atender alumnado con discapacidad. Los colegios de educación especial no cierran. Lo único nuevo es que la ley Celáa pretende destinar más dinero a los colegios ordinarios para que puedan ofrecer ese servicio a los padres que lo soliciten, y que los centros especiales no sean la única opción.
  5. REPETICIÓN DE CURSO: Los alumnos pasarán de curso cuando el equipo docente lo considere y también con una o dos materias suspensas. Repetir será excepcional y el alumno solo podrá hacerlo dos veces como máximo a lo largo de Primaria y Secundaria.
  6. NO SEPARACIÓN DE ALUMNOS POR SEXO E IGUALDAD DE GÉNERO: Los centros que reciban alguna cantidad de fondos públicos no separarán al alumnado por su género. Además, impulsar el incremento de alumnas en ciencias, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas, y promover la presencia de alumnado masculino en estudios con notoria mayor matrícula de mujeres.
  7. EDUCACIÓN AFECTIVO-SEXUAL: Fomentar desde Primaria, la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual.
  8. ADMISIÓN DE ALUMNOS: Si no hay plazas suficientes, la admisión los criterios que regirán la admisión de alumnos serán, por prioridad, la existencia de hermanos matriculados, proximidad y renta.
  9. CENTROS CONCERTADOS: elimina la ‘demanda social’ para abrir nuevos centros o aumentar plazas. No podrán percibir cuotas de las familias por recibir las enseñanzas de carácter gratuito ni imponer aportaciones a fundaciones o asociaciones. El criterio para elegir centro concertado será por proximidad de residencia, lo que limitará sus posibilidades de seleccionar a los alumnos.
  10. SUELO PÚBLICO: incremento progresivo de puestos escolares en la red pública. Los municipios cooperarán en la obtención de los solares necesarios para construir centros de este tipo y no podrán ceder suelo público para que se construyan centros concertados.
  11. PLAZAS EN INFANTIL: Se aumentan de las plazas públicas de 0-3 años.
  12. EDUCACIÓN DE ADULTOS: Mayores de 16 años con contrato laboral o deportistas de alto rendimiento podrán optar a la educación de adultos.
  13. ALUMNOS SIN CUALIFICACIÓN: Las Administraciones podrán organizar programas formativos para mayores de 17 años sin cualificación, para permitirles un título de Formación Profesional o certificación académica.

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