Se salva de una condena por agresión sexual

La chica lo denunció cuatro días después de estar de fiesta con él, acostarse y enviarle mensajes íntimos
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Entrada de la Audiencia Provincial de Salamanca. (Archivo)

La Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a un hombre para quien el fiscal solicitaba 10 años de prisión por un delito de agresión sexual después de ser denunciado por la joven con la que mantuvo relaciones sexuales tras una noche de fiesta.

La Sala aplica el principio «in dubio pro reo» (en caso de duda, a favor del reo) tras valorar las versiones contradictorias de denunciante y denunciado, versiones que han generado en el Tribunal «una duda lo suficientemente importante para no tener la convicción suficiente para dar mayor veracidad a una de las versiones llegada la hora de acoger una u otra, y es en este momento cuando debe atenderse al principio pro reo» y absolver.
En este sentido, la sentencia destaca que que «no existe ningún elemento de prueba que fundamente la comisión de un delito de agresión sexual, ya que no existe ningún dato en el procedimiento del que se deriva que el acusado empleó violencia o intimidación para mantener relaciones sexuales con la denunciante».
Los magistrados tienen «serias dudas de cómo ocurrieron los hechos, ya que sin considerar que la versión de la denunciante sea inverosímil y no puedan haber ocurrido los hechos como ella alega, lo mismo se puede mantener de la declaración efectuada por el denunciado, cuya explicación de lo sucedido incluso tiene más soporte probatorio que la denuncia efectuada».
En su resolución, que ya ha sido notificada a las partes, los jueces aclaran que «la existencia de estas dudas no significa que Doña N. haya faltado a la verdad, ya que en apoyo de su argumentación está el hecho de que la denuncia le ha ocasionado importantes molestias, sin ninguna ventaja apreciable. No obstante, como se ha señalado la versión del acusado ha sido igualmente creíble y por la ausencia de otros elementos objetivos, se ha planteado una duda real a este Tribunal de cómo ocurrieron los hechos investigados».
La sentencia no es firme. Puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Se conocían de un grupo de WhatsApp para entablar amistad entre sus integrantes. Apenas se habían saludado en persona una vez y el 29 de junio de 2018 ella lo invitó a que viniera a las fiestas de su barrio en Salamanca.

Estuvieron de fiesta y luego se sumaron dos amigas de ella, que acabaron marchándose de madrugada. La pareja siguió hasta las 4.30 horas y se fueron al piso del acusado, donde mantuvieron relaciones sexuales plenas.

Por la mañana se levantaron pronto porque él tenía un partido de fútbol. Antes fueron a desayunar a un bar cercano, pero estaba cerrado, así que el acusado la llevó a su casa y se fue al partido.

Esa misma mañana, entre las 9:38 y 10:06 horas, la chica le mandó varios mensajes de Whatsaap en los que le comentaba que pensaba que la daría un beso de verdad y que le había dicho que no era de esos que echan un polvo y adiós, a la vez que le decía que esperaba que fuera verdad.

A lo largo de ese día, la joven le envió mensajes repetidos de WhatsApp, en los que entre otros extremos le preguntaba si la quería, invitándole a ir a su casa. Posteriormente los borró de su teléfono móvil.

El 3 de julio lo denunció por agresión sexual.

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