Prohibida la venta de alcohol a menores: ¿tienen todos los bares ese cartel?

Un bar de Salamanca ha sido multado por no tenerlo visible en el local
Alcohol

Todos los bares de Salamanca deben tener visible el cartel que indica la prohibición de venta de alcohol a menores de 18 años.

Precisamente, ése ha sido el motivo de la sanción a un establecimiento hostelero de la ciudad de Salamanca, tal como revela la Resolución Oficial:

«Resultando que por Resolución de Alcaldía de fecha 15 de septiembre de 2.020 se acordó incoar expediente sancionador contra el/la interesado/a, como titular de un establecimiento ubicado en la calle Pizarro de Salamanca, por la presunta comisión de una infracción administrativa de carácter LEVE contemplada en la Ley 3/1994, de 29 Marzo, sobre Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León, según modificación realizada por la Ley 3/2007, de 7 Marzo, consistente en no disponer o no exponer en lugar visible, en los establecimientos en los que esté autorizada la venta de bebidas alcohólicas, los carteles que informen de la prohibición de venta a los menores de 18 años y que adviertan de los perjuicios para la salud derivados del abuso de las mismas, situación acaecida y puesta de manifiesto por la Policía Local con fecha 26 de junio de 2.020, a las 00,57 horas, infracción que podría ser sancionada con multa de entre 30 y 600 euros, según contemplan los artículos 49.2.c y 51.4 de la referida normativa».

Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones citadas y las demás normas de general y pertinente aplicación, «el Jefe del Servicio de Policía y Actividades Clasificadas que suscribe propone a la Alcaldía-Presidencia que adopte el siguiente acuerdo: declarar la existencia de una infracción de carácter leve contemplada en los artículos 49.2.c y 51.4 de la Ley 3/1994, de 29 Marzo, sobre Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León, según modificación realizada por la Ley 3/2007, de 7 Marzo, imputable al/a la interesado/a, en relación con la Resolución de Alcaldía de fecha 15 de septiembre de 2.020, imponiéndole como sanción una multa por importe de 300 euros«.

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