El interior de los bares reabre en Salamanca y Béjar

Villamayor lo cierra apenas una semana después de abrirlos
bar hosteleria
Foto: Pixabay / Archivo

La Junta de Castilla y León ha actualizado, en reunión telemática de su Consejo de Gobierno celebrada esta mañana, el listado de municipios de la Comunidad en los que, en aplicación del Acuerdo del pasado 5 de abril, se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19.

 

León y Valverde de la Virgen, en la provincia leonesa; Villamayor (Salamanca); e Íscar, La Cistérniga y Medina del Campo, en Valladolid, se incorporan a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.

Por su parte, decae este régimen preventivo excepcional en Arévalo (Ávila);  Briviesca (Burgos); Ponferrada (León); Cervera de Pisuerga (Palencia); Salamanca y Béjar, en la provincia salamantina; y Valladolid y Olmedo, en la provincia vallisoletana.

La actualización hoy aprobada alcanza 31 términos municipales castellanos y leoneses: Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila); Burgos, Alfoz de Quintanadueñas, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); León, Bembibre, San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León); Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia); Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes, Villamayor y Villares de la Reina (Salamanca); Segovia, Cantalejo, El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia); Soria y Almazán (Soria); y Aldeamayor de San Martín, Íscar, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora).

El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00 h de mañana, 4 de mayo e, inicialmente, hasta el 17 del mismo mes inclusive, siendo actualizado cada siete días.

Con tal fin, la Autoridad sanitaria autonómica realiza una labor continua de seguimiento y de evaluación de los indicadores sanitarios, sociales, económicos y de movilidad para valorar la adecuación de las medidas a la situación en cada momento, pudiendo mantener, modificar o levantar el régimen preventivo adoptado en cada uno de los municipios involucrados.

Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:

        • Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
        • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
        • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
        • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
        • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
        • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
        • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

Además de este régimen agravado, en estos 31 municipios, al igual que en el resto de la Comunidad, se mantienen las medidas preventivas ordinarias correspondientes al nivel 4 de alerta sanitaria por la pandemia en Castilla y León, recogidas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

La Comunidad de Castilla y León mantiene su actual cierre perimetral y el toque de queda para la limitación de la movilidad ciudadana nocturna, entre las diez de la noche y las seis de la mañana; además, las reuniones personales, tanto en espacios abiertos como cerrados, ya sean de uso público o privado, están limitadas a cuatro personas, con las excepciones de convivientes y de aquellas actividades con regulación específica.

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