La Comisión de Salud Pública ha aprobado las medidas de prevención frente al COVID para las actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil.
Ical.- El documento describe recomendaciones en diversas actividades (en interiores o exteriores y con o sin pernocta). Así, se describen flujos de participantes, transporte, organización y desarrollo de actividades, medidas de prevención personal, promoción de la salud y formación, ventilación, limpieza y desinfección, personal de especial vulnerabilidad, procedimiento de vigilancia e identificación de casos y actuación ante un caso.
En la reunión de también se ha insistido en la necesidad de aumentar las coberturas de vacunación frente a la gripe para la temporada 2021-2022.
En concreto, se han expuesto como objetivos de cobertura: alcanzar o superar el 75 por ciento en mayores, preferentemente a partir de 65 años y en personal sanitario y sociosanitario, así como superar el 60 por ciento en embarazadas y en personas con condiciones de riesgo. Esto es así debido al efecto sinérgico observado entre el virus de la gripe y el COVID, que multiplica por dos el riesgo de muerte en caso de coinfección.
En el primer apartado de recomendaciones de prevención, higiene y promoción de la salud se encuentran indicaciones como la forma de llevar a cabo la entrada y salida de los participantes, el trasporte a la actividad, su organización y desarrollo así como la prevención personal. Este mismo epígrafe incluye la necesidad de disponer de un procedimiento de vigilancia, identificación y manejo de casos y la colaboración con las autoridades sanitarias o cómo actuar ante la aparición de un caso.
El mismo documento, según se informa desde el Ministerio de Sanidad, se incorpora un apartado específico para campamentos o actividades de tiempo libre con pernocta con el objetivo de adaptar a este contexto las medidas, y garantizar que se lleven a cabo.
Entre ellas, se encuentra que se planificará previamente la distribución de espacios dentro del campamento o instalaciones, contemplando las necesidades de ventilación y distancia interpersonal. Es importante resaltar que las actividades se realizarán preferentemente en grupos de convivencia estables (GCE), compuestos por 20 personas en nueva normalidad, y 15 en el resto de escenarios. La distancia interpersonal será al menos de un metro y medio, salvo dentro de los GCE.
El uso de la mascarilla higiénica será obligatorio a partir de los seis años con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal o la pertenencia a un grupo de convivencia estable, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico. También será obligatorio para todo el personal trabajador.