La nueva ley contra el fraude fiscal prohíbe los softwares de doble facturación

Para acabar con las alteraciones financieras en empresas y comercios
contabilidad

A principios del mes de octubre entró en vigor la prohibición de programas y sistemas informáticos que permitan la doble contabilidad. Esta medida, junto a otras más, están contempladas en la nueva Ley Antifraude 11/2021, la cual busca prevenir el fraude fiscal.

 

Según lo establecido en la nueva ley contra el fraude fiscal, a partir del 11 de octubre de 2021 está sancionado el uso de software de doble uso y cualquier herramienta de contabilidad que no cumpla con las disposiciones que en ella se establecen. El objetivo de la normativa vigente es la de acabar con las alteraciones financieras en empresas y comercios.

Estas medidas llegan con la implementación de la Ley Antifraude 11/2021, en la que se fijan distintas normas que van en contra de las prácticas de elusión fiscal. En esta ocasión, el foco está puesto en los programas informáticos que favorezcan a los fraudes económicos.

De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Hacienda, los softwares de doble uso han ocultado a la agencia tributaria una cantidad aproximada de 200 000 millones de euros. Por ello, de ahora en adelante todas las empresas y autónomos que utilicen este tipo de programa para llevar una contabilidad oficial y otra paralela deberán responder ante la ley. 

Ley antifraude contra el software de doble uso

Aunque el empleo de software de doble uso queda prohibido a partir del último trimestre del año, próximamente se darán a conocer las especificaciones técnicas que deben cumplir estos sistemas y los requisitos para estar debidamente certificados. De momento, la ley considera como infracción grave el empleo de programas que: 

  • Facilitan llevar contabilidades distintas.
  • Permiten no reflejar, de manera total o parcial, la anotación de transacciones realizadas.
  • Dejan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas.
  • Se pueden alterar transacciones ya realizadas.
  • No cumplen con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legalidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legalidad ante los órganos competentes.
  • Los sistemas producidos, fabricados y comercializados que no se certifican según la disposición reglamentaria.

Sanciones por incumplir la ley antifraude

Las sanciones establecidas en la Ley Antifraude 11/2021 afectan tanto a los autónomos y empresas que emplean software de doble uso, como a las compañías que los crean y distribuyen alrededor del país.

Los autónomos y empresas que no se acojan a la nueva normativa pueden afrontar multas de hasta 50 000 euros. Por otra parte, aquellos que produzcan, fabriquen y comercialicen los softwares de doble uso serán penalizados con hasta 150 000 euros. La tenencia de estos programas, aunque no sean utilizados con fines fraudulentos, también será sancionada por la ley.

En todos los casos, la cuantía de la suma de la multa se verá multiplicada por cada año en el que se haya producido la infracción. Por lo tanto, es sumamente necesario que las empresas actualicen sus programas de contabilidad para adaptarse a la nueva normativa. 

Si bien la nueva ley antifraude entró en vigor el pasado 11 de octubre, para que este sistema pueda comenzar a considerarse de cumplimiento obligatorio debe esperarse a la publicación del reglamento con los requisitos específicos para los softwares de contabilidad.

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