La propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para reformar el actual sistema de cotizaciones de autónomos para que las cuotas se adecúen a los ingresos reales de este colectivo incluye la posibilidad de que los autónomos puedan cambiar de tramo hasta seis veces al año.
Servimedia / ICAL. Mantiene la tarifa plana, consistente en una cuota reducida durante el primer bienio de actividad. Eso sí, solo podrán acogerse a este beneficio los autónomos con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Así lo han trasladado fuentes de la negociación a Servimedia, después de que se celebrara la primera reunión entre Seguridad Social, los agentes sociales y las asociaciones de autónomos para negociar la reforma del sistema de cotizaciones de este colectivo que, según el compromiso del Gobierno Español con la Unión Europea, deberá entrar en vigor en enero de 2023 y estar aprobado en el primer semestre de este ejercicio.
La propuesta del Ejecutivo plantea 13 tramos de cotización que comenzarían a tener efecto desde el año próximo, pero de forma escalonada, ya que las subidas y bajadas de cuotas en función de los ingresos irían implementándose gradualmente durante nueve años.
Estos tramos oscilan desde unos rendimientos inferiores a 600 euros, para los que la cuota sería de 281,52 euros en 2023 y se iría reduciendo hasta los 183,60 euros en 2031, y unos rendimientos superiores a 4.050 euros, con una cuota creciente desde los 351,9 euros el año que viene hasta 1.266,66 euros en 2031.
Solo en el caso de los tramos de ingresos de 900 a 1.125,9 euros y de 1.125,9 a 1.300 euros, la cuota se mantiene fija en todo el periodo, en 293,94 euros en el primer caso y en 351,9 euros en el segundo caso.
Del mismo modo, fuentes de la negociación señalan que la propuesta del Ejecutivo permite que los autónomos vayan a poder cambiar hasta seis veces al año de tramo de cotización, de forma que puedan ajustar su cuota a la situación de cada momento. Y es que, como explican estas mismas fuentes, “no es lo mismo lo que ingresa un autónomo que tiene un restaurante en una zona turística durante la temporada de verano que en otros meses de temporada baja”.
Tarifa plana
Por otro lado, el planteamiento inicial del Gobierno mantiene la tarifa plana aprobada durante el Gobierno de Mariano Rajoy, es decir, una cuota reducida durante los dos primeros años de actividad, con el fin de incentivar el emprendimiento y ayudar a los autónomos en el inicio de su trayectoria profesional.
La propuesta del Ejecutivo, según fuentes negociadoras, sitúa la cuota de la tarifa plana en el entorno de los 70 euros mensuales, frente a los 60 de la actualidad. No obstante, fuentes de Seguridad Social precisan a Servimedia que la “negociación acaba de empezar” y que es una propuesta inicial.
Una novedad importante de la tarifa plana es que solo podrán beneficiarse de ella aquellos autónomos con ingresos inferiores al SMI que esté vigente en cada momento. El resto se acogerían al tramo correspondiente según sus ingresos.
En la actualidad, y a falta de que el Gobierno negocie con patronal y sindicatos una revalorización de este indicador para este año, el SMI se sitúa en los 965 euros por 14 pagas (13.510 euros anuales).
Al final del periodo de transición los diez tramos en 2031 quedarán así:
Para ingresos entre 1.125,9 euros y menos o igual a 1.300 euros se pagará una cuota de 351,9 euros.
Entre 1.300 y menos o igual a 1.500 euros se pagará una cuota de 413,1 euros.
Entre 1.500 y menos o igual a 1.700 euros se pagarán 474,3 euros.
De 1.700 a menos o igual a 1.900 euros la cuota será de 535,5 euros.
Entre 1.900 euros y menos o igual a 2.330 euros la cuota será de 728,28 euros.
Para los que ingresen de 2.330 euros a menos o igual a 2.760 euros, la cuota será de 728,28 euros.
En los casos donde se ingresen entre 2.760 euros y hasta 3.190 se pagará una cuota de 859,86 euros.
Entre 3.190 euros y 3.620 euros la cuota ascenderá a 991,44 euros.
Para rendimientos entre 3.620 euros y hasta 4.050 la cuota se irá a los 1.123,02 euros.
Por último, para todos aquellos rendimientos superiores a 4.050 euros se contempla la cuota máxima, de 1.266,66 euros.