El Juzgado de Primera Instancia nº4 de Salamanca aprueba finalmente la exoneración de las deudas contraídas por este matrimonio frente a ocho diferentes entidades privadas. Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad puede decir adiós definitivamente a los 122.076,94 euros que le reclamaban.
Este proceso, llevado a cabo íntegramente por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, ha finalizado con éxito en poco más de un año..
Comenzar de cero
Los efectos económicos de la pandemia siguen dejando casos de personas que devinieron insolventes y tuvieron que acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Los protagonistas de esta historia acumularon varios préstamos y tarjetas con varios bancos y entidades financieras.
A pesar de tener unos ingresos estables que le permitían pagar (aunque con dificultades) sus deudas, la pandemia descuadró su economía. El estado de alarma hizo que uno de los cónyuges perdiera el trabajo que tanto había luchado por tener, por lo que tuvieron que mantener a la familia ya endeudada con un sólo sueldo.
Pronto empezó a notar como no llegaban igual de bien a final de mes y fueron optando por realizar pequeños impagos pero sacar a la familia adelante. La cuantía a deber iba aumentando, debido a unos intereses desorbitados, y cada vez más acreedores se hacían notar reclamando el pago .
Entonces, fue cuando escucharon la existencia de esta Ley de la Segunda Oportunidad y decidieron interesarse por su funcionamiento. Solicitaron ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad con despacho físico, entre otras ciudades, en Valencia capital. Al comprobar que cumplía todos los requisitos, los abogados de la Asociación le recomendaron al matrimonio declararse insolvente y acogerse al procedimiento
Etapas
Presentando el primer escrito, conocido como “pre-concurso” ya se empezaron a vislumbrar cambios en su situación: los acreedores no pueden reclamar ningún pago hasta que nuestros protagonistas propongan un plan de pagos a estos, mínimo durante tres meses. Por supuesto, no pueden iniciar embargos contra ellos.
Dicha propuesta se envió a todos los bancos en tiempo, pero no se aceptó, ya que las entidades contaban con seguros que les pagaban más de lo propuesto por el matrimonio. Esto no suponía ningún perjuicio para nuestros clientes, los cuales ahora habían dejado por escrito y en documento público que intentaron pagar algo, a pesar de ser insolventes.
Tras esto, los abogados de la Asociación presentaron la demanda de concurso de acreedores en el Juzgado, haciendo mención al intento de acuerdo propuesto sin éxito. En la misma solicitud se pidió directamente el perdón del total de deuda pendiente.
Esta petición fue aprobada el pasado 29 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Salamanca.
Requisitos
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Esta resolución dictada el pasado 29 de marzo concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este matrimonio libre de 122.076,94 euros que debían.
Desde entonces, los acreedores de estos asociados (BBVA,Bankinter,Wizink Bank,ING…) no podrán reclamar ningún pago más a los ya ex-deudores ni incluirlos en ficheros de morosos.
Otra exoneración más conseguida por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en Castilla y León y no es la primera que incluye la cancelación de créditos de derecho público.
Todas las exoneraciones y sentencias conseguidas por la asociación.