La Fiscalía ha mostrado su rechazo a iniciar el proceso para ilegalizar la coalición EH Bildu, después de que la asociación de guardias civiles Jucil lo solicitara. Así pues, la Fiscalía considera que el partido vasco “constituye una formación política democrática” y asegura que para ilegalizar un partido se tiene en cuenta su actividad más que sus planteamientos.
En un informe emitido este jueves, la Fiscalía se ha opuesto a la ilegalización de Bildu. El documento, redactado por la fiscal de Sala jefa de la Secretaría Técnica, Ana García León, y por el fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS, Antonio Narváez, recalca que “debe rechazarse la posibilidad de instar el procedimiento de declaración de ilegalidad”.
Para argumentar esta postura, García y Narváez señalan que EH Bildu “constituye una formación política democrática” viendo “su actividad, la legalidad de sus medios y la compatibilidad de sus fines con los principios democráticos”.
Además, hacen referencia a los artículos 9.2 y 9.3 de la Ley Orgánica de Partidos. El primero indica que un partido “será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos”. Por su parte, el segundo plantea la ilegalización cuando la formación incluya “regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas”.
Sin embargo, los fiscales matizan que las conductas del artículo 9.3 “no pueden constituir, por sí solas, causa de ilegalización”, añadiendo que “ninguna de las conductas descritas en el artículo 9 determina aisladamente la disolución”.
García y Narváez han asegurado que es “imprescindible” recordar que ETA puso fin a su actividad armada “hace casi 12 años”. También señalan que los dos partidos que conforman EH Bildu “han condenado y condenan públicamente la violencia terrorista y han aceptado y asumido el ejercicio de la actividad política dentro del marco democrático y constitucional”.
Finalmente, respecto a los 44 candidatos de Bildu condenados por terrorismo, aclaran que “no consta acreditado en indicios objetivos que muestren intención alguna de volver a utilizar la violencia como instrumento al servicio de sus fines e ideales políticos”. Por ello, “no se aprecia razón alguna para impugnar aquellas candidaturas”.