Se acabaron las llamadas comerciales a la hora de la siesta

Solo podrán recibirlas quienes lo consientan de forma expresa

Las empresas ya no podrán llamar con fines comerciales a los usuarios que no hayan dado su consentimiento previamente de forma expresa. Gracias a una nueva normativa, los ciudadanos quedan protegidos frente al ‘acoso’ comercial y podrán denunciar cuando las compañías los molesten por teléfono. 

El pasado 29 de junio entró en vigor el Artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones, que hace referencia al “derecho a la protección de datos personales y a la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, con los datos de tráfico y de localización y con las guías de abonados”.

Esto significa que, “a partir de ahora, solo se pueden recibir llamadas con fines comerciales cuando exista una solicitud o un consentimiento previos por parte del consumidor”, tal y como han explicado desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) a La Crónica de Salamanca.

“Hasta ahora, lo que ocurría es que en las llamadas comerciales no se exigía un consentimiento previo por parte del usuario. Sin embargo, la nueva norma contempla que debe existir esa autorización y, además, debe ser expresa. No sirve un consentimiento tácito”, añaden.

En este sentido, aclaran que, “en muchas ocasiones, en las llamadas comerciales empezaban a contar la perorata de lo que quieren vender y, en un determinado momento decían: ‘si usted no dice nada en contra, vamos a seguir contándole’. Pues con la nueva norma el consentimiento debe ser expreso, el usuario debe haberlo firmado previamente”.

Sin embargo, desde la organización advierten a los usuarios para que tengan “mucho cuidado”, ya que, en ocasiones, pueden conceder ese permiso a las empresas sin darse cuenta. “Por ejemplo, alguien puede ir a una tienda a comprar un bañador, y le dicen: ‘si quiere, le hago seguidor de la tienda para que participe en descuentos, etc. Fírmeme aquí’. Normalmente, los consumidores, sin querer y porque habitualmente no se leen lo que firman, ponen una X y dan el consentimiento de forma expresa a las llamadas comerciales de ese establecimiento en concreto”.

Por otro lado, lamentan que, “según los recientes estudios que hemos hecho desde la OCU, en la práctica, resulta verdaderamente imposible identificar qué empresa está detrás de 2 de cada 3 llamadas comerciales. Solamente en 1 de cada 10 llamadas se consigue información clara para poder cancelar la información y registrar la solicitud de la baja”.

No obstante, exponen que, cuando los usuarios reciban este tipo de llamadas por parte de las empresas, deben “interrumpir la locución y decir: ‘No consiento la llamada con fines comerciales y solicito la baja de sus ficheros’”. Tras ello, “automáticamente, la empresa debería enviarnos un email con la solicitud de baja” y, en caso de no hacerlo o continuar con las llamadas, deben “interponer la correspondiente denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, lo que hará que le dejen de llamar tan insistentemente con fines comerciales”.

“Entendemos que este avance normativo debería suponer un cambio significativo en el spam telefónico. Entendemos que así tiene que ser”, reconocen. Si bien, matizan que “aún queda por verlo en la práctica”. “En cualquier caso, la inclusión de los datos de los usuarios en la Lista Robinson puede resultar un elemento probatorio en caso de incumplimientos flagrantes por parte de los operadores”, indican.

Por otro lado, en cuanto a las empresas más “insistentes”, la OCU señala que, “sin lugar a dudas”, son “las compañías de telefonía móvil”, pero también a “las de electricidad y gas”, cuyas llamadas “se han disparado a raíz de la crisis energética”.

En conclusión, el principal y más destacado beneficio para los consumidores del nuevo cambio legal consiste, tal y como resumen desde la OCU, en que las diferentes compañías ya no pueden llamar a quienes no lo hayan solicitado o consentido previamente de forma expresa, “y si les molestan, que se opongan expresamente y soliciten la baja de sus datos, denunciándolo ante la Agencia Española de Protección de Datos si aun así continúan insistiendo”.

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