“Los fondos buitres son legales, otra cosa es que su actividad sea ética”

Pese a existir una regulación sobre ellos, en España no hay una normativa específica
La residencia de estudiantes Salamanca Luna. (Foto: Javier Pérez)

Los fondos de inversión están entrando sigilosamente en distintos sectores de la economía salmantina. El más apetitoso para estos instrumentos financieros han sido las residencias de estudiantes que se han construido en la ciudad del Tormes durante los últimos cuatro años. Pero todos responden a unas pautas de comportamiento similares. Algunos están considerados como fondos buitres, pero son legales. Es el mercado, amigo.

El catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Usal, Alberto de Miguel ha explicado a La Crónica de Salamanca todos los detalles respecto a los conocidos como fondos buitre. Asimismo, ha detallado las diferencias entre estos últimos y los fondos de capital de riesgo, aclarando además que, aunque existe una regulación para este tipo de sociedades, no hay una legislación específica para controlar las actividades de los fondos buitre, que en algunos casos “bordean la legalidad”.

Los llamados ‘fondos buitre’ son, atendiendo a la explicación del profesor De Miguel, “fondos de inversión que se podrían denominar como fondos de capital riesgo. Es decir, son instituciones que canalizan el dinero de los partícipes y lo invierten en distintos tipos de títulos, estando caracterizados además por invertir en los elementos que más riesgos tienen en el sistema”.

Esto último es la principal característica que podría marcar la diferencia entre estos y los fondos de capital riesgo. Si bien, De Miguel recuerda que “no hay ninguna diferencia entre ambos tipos en el sentido de que, un fondo de capital riesgo está especializado en invertir en empresas o activos denominados de riesgo -que, por su situación no tienen muy claro cuál será su futuro-. Por su parte, los fondos buitre buscan en el extremo ese tipo de empresas con un carácter muy marcado de riesgo. Esto es, dentro de las empresas que tienen riesgo, buscan las que más riesgo tengan”.

Ese riesgo puede estar generado por varios aspectos, como puede ser un elevado nivel de deuda por parte de la sociedad, bien porque el sector de actividad esté muy convulso, etc. “Estos fondos buscan introducirse en ese tipo de empresas porque, en economía, si hay algo que va acompañado del riesgo, suele ser también la expectativa de rentabilidad. Por tanto, los fondos buitre buscan el mayor riesgo para encontrar la máxima rentabilidad”, señala el economista.  

Por otro lado, también es cierto que este tipo de sociedades “tienen una connotación un poco peyorativa” y “hay veces que la gente los identifica con una especie de empresa depredadora”, algo que De Miguel achaca fundamentalmente a las “circunstancias bastante polémicas que han protagonizado”. Pese a ello, recuerda, “los fondos buitre son legales, otra cosa es que su actividad sea ética”.

El catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Usal, Alberto de Miguel (Alumni Usal)

En el caso concreto de Salamanca, donde este tipo de fondos ha irrumpido en el sector de las residencias de estudiantes, De Miguel asegura desconocer si han hecho lo propio en otro tipo de actividades. Sin embargo, puntualiza que, “en España están en casi todos los sectores, desde el agroalimentario, el de las residencias, el biotecnológico, el sanitario, etc.”. “No tienen un perfil concreto, están invirtiendo prácticamente en todos los sectores, el único criterio es buscar empresas y entidades con un nivel de riesgo excesivo, donde puedan obtener una expectativa de rentabilidad muy grande”, añade.

Respecto a su papel en los mercados en los que entran, reconoce que se trata de “algo muy controvertido” y “es muy difícil determinar si distorsionan o no distorsionan esos mercados”. En este sentido, pone como ejemplo el sector inmobiliario, donde “los fondos buitre adquieren participaciones en deuda, como paquetes hipotecarios. El banco vende a los fondos esas participaciones y son estos los que se encargan desde ese momento de reclamar el pago a los deudores. ¿Eso es una actuación correcta? Es legal. Puede ser más o menos ética, en función de cómo acometan la reclamación a personas que pueden ser vulnerables… y ahí entra también un concepto de la derivada social”.

No obstante, apunta que, “desde la perspectiva bancaria, cuando la entidad vende esas participaciones a un fondo buitre, se supone que está saneando su balance. Aunque el fondo se la pueda comprar por un valor muy por debajo del reclamado. Pero el banco sabe que hay una gran posibilidad de que esas hipotecas finalmente no las vaya a cobrar, mientras que el fondo está adquiriendo ese riesgo, a cambio de una gran expectativa de beneficio, eso sí”.

Otro de los aspectos positivos que el catedrático de la Usal observa en este tipo de sociedades es que, al invertir en diferentes sectores y diversificar la inversión global, “están reduciendo el riesgo de una actividad conjunta”. Puntualiza que, en algunos sectores, “actúan de forma proactiva”, por ejemplo, “incorporando elementos tecnológicos, ayudando a superar la situación precaria en la que se encuentran. Uno de ellos es el sector de los olivares, donde han transformado la actividad tradicional incorporando sistemas de riego automático, algo poco común”.

Regulación y límites

En el ámbito normativo, el catedrático indica que “las sociedades de capital riesgo son perfectamente legales, y los fondos buitre también”. No obstante, aunque “están sujetos a la ley de enero de 1999 sobre las sociedades de capital riesgo y las sociedades gestoras” su regulación “es un tema bastante complicado” y “en España no hay una regulación especial y concreta para determinadas actividades específicas, como por ejemplo las inmobiliarias”.

Además, apunta que, “a veces, las actividades de los fondos buitre están en el límite de la legalidad y provoca que su comportamiento se entienda como poco ético. Por ejemplo, comprar una hipoteca a la tercera parte de su precio y reclamar el total, la sociedad no lo entiende muy bien”. Por ello, en base a “esa alarma social que implica la actividad de estos fondos” puede haber “un interés en intentar legislar este tipo de actividades que bordean la legalidad”.

“Los límites de los fondos buitre están en la legalidad”, insiste De Miguel, aclarando que, “este tipo de fondos suelen tener unos equipos de abogados y de gestores muy buenos, precisamente, creo yo, para intentar no salirse de esa legalidad. Es decir, muchas veces la bordean, pero no se salen de ella, porque entonces los podrían demandar”. “En todo caso, en España ha habido sentencias en contra de la actividad de estos fondos buitre”, insiste.

Finalmente, ante la posibilidad de limitar la actividad de estos fondos, señala que, “en Europa algunos países lo han intentado, como Bélgica, donde lo han hecho modestamente, y Reino Unido, más modestamente aún”. En el caso español, “se ha planteado mucho, pero supongo que si no se ha hecho más es porque hay grandes dificultades al respecto”. “¿Qué sucede si se va un poco más allá y se restringe? Que igual la legislación no afecta solo a los fondos buitre, sino también a otras empresas que ahora pensamos que actúan de forma correcta”, concluye.

3 comentarios en «“Los fondos buitres son legales, otra cosa es que su actividad sea ética”»

  1. Si el juez no reconoce la deuda a un fondo por falta de legitimación activa que ocurre con la deuda.Que hace el fondo contra el deudor? PEPA

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