Tráfico dice que no se plantea multar a peatones por exceso de velocidad,…

Ante las diversas versiones que se han publicado en diferentes medios de comunicación, sobre la posibilidad de que la Dirección General de Tráfico en aplicación del proyecto de Reglamento General de Circulación, todavía en tramitación, pueda sancionar a los peatones por andar o correr con determinada velocidad, este Organismo quiere negar rotundamente dicha posibilidad.

 

Asegura que «el texto actual no difiere y es exactamente el mismo, ya vigente, que se recoge en el texto del reglamento General de Circulación desde 1992″.

El artículo 48.5, sobre límites de velocidad, establece que “los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano, y los animales que arrastren un vehículo, la del trote», por lo que, según la DGT, «el artículo al que se refiere el informe del Consejo de Estado nada tiene que ver con los peatones, sino que va dirigido específicamente a los conductores que a pie lleven o arrastren un vehículo«.

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