Los parados con prestación no deberán presentar declaración de la renta este año

El Gobierno rectifica y pospone la medida hasta 2026
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El Gobierno había anunciado que los desempleados que reciben prestación deberían presentar este año la declaración de la renta de 2024, pero ha cambiado de opinión y ha aplazado esta medida hasta 2026. Así lo confirma el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) a través de la instrucción que ha publicado al respecto.

Esta obligatoriedad está recogida en la reforma del subsidio por desempleo planteada por el Ejecutivo, que entró en vigor el 1 de noviembre del año pasado y que, por tanto, no es aplicable a los diez primeros meses del ejercicio fiscal de 2024. Por ello, quienes perciben la prestación por desempleo no serán objeto de sanciones o pérdida de la misma si no presentan el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Sin embargo, hacer la declaración sí será obligatorio a partir de 2026, tanto si el beneficiario percibe el importe mínimo establecido para hacerla, como si no. Así lo recoge el real decreto ley de 21 de mayo de 2024, sobre medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.

Hasta entonces, los parados que cobren prestación, como cualquier asalariado, no estarán obligados a presentar el IRPF en caso de no percibir ingresos superiores a 22.000 euros anuales, o más de 15.000 euros, si tienen dos o más pagadores y uno de ellos le ha abonado más de 1.500 euros en 2024.

Como en campañas anteriores, sigue siendo obligatorio presentar la renta para todos los trabajadores autónomos, así como para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). La Agencia Tributaria publicó recientemente las fechas clave para el ejercicio actual en su página web.

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