La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un indviduo a tres años de prisión por agredir sexualmente a su mujer con la hija de ambos durmiendo en la misma cama. Lo absuelve de otra presunta violación anterior que la mujer le atribuye y a la que el tribunal no da credibilidad. La víctima solicitaba 10.000 euros de indemnización en concepto de daños morales producido por dos delitos, pero de uno de ellos, el más grave, se ha absuelto al acusado por falta de pruebas sobre su existencia, por lo que solo le condena a pagar 3.000 euros.
El asalto en el domicilio familiar
Los hechos probados y sancionados por el tribunal se remontan al 9 de abril de 2022. El condenado aprovechó que su esposa dormía la siesta junto a la hija menor de ambos en su vivienda compartida en Salamanca. Con intención libidinosa, comenzó a realizar tocamientos a la víctima.
A pesar de que la mujer se negó de forma rotunda y le exigió que "respetase por lo menos a la niña", el agresor ignoró su oposición y continuó con el asalto sexual, eyaculando finalmente en el exterior sin lograr la penetración. El ataque solo se detuvo en el momento en que la menor se despertó.
Absolución por un episodio anterior
El Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente una pena de 14 años de prisión, ya que acusaba al hombre de un segundo delito de violación mucho más grave. Este episodio habría ocurrido supuestamente en la casa de la abuela de la víctima, donde el acusado habría forzado a la mujer cogiéndola de las muñecas para penetrarla sin su consentimiento.
Sin embargo, los magistrados han descartado este cargo. El tribunal justifica la absolución señalando una grave falta de coherencia en el testimonio de la mujer, al constatar un cambio sorpresivo en las fechas. Durante toda la fase de instrucción, la denunciante mantuvo que la agresión ocurrió en diciembre de 2019, pero durante la celebración del juicio oral, modificó la fecha de los hechos a diciembre de 2018.
Esta contradicción esencial generó indefensión en el acusado y restó credibilidad al relato. La sala subrayó que, al ser el testimonio de la víctima la única prueba disponible, este necesitaba elementos objetivos periféricos que lo avalaran, algo que no se aportó durante el proceso.
Penas e indemnizaciones
Como consecuencia de esta resolución parcial, la sala ha ajustado tanto la condena penal como la responsabilidad civil del agresor. El fallo estipula las siguientes medidas definitivas:
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Tres años de prisión por el delito de agresión sexual comprobado en 2022.
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El pago de 3.000 euros en concepto de indemnización por los daños morales y la vulneración de la indemnidad sexual de la víctima.
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La desestimación de la petición inicial de la acusación particular, que reclamaba 10.000 euros al contabilizar los dos delitos.
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