El uso de la vivienda familiar se perderá si llega una nueva pareja

El Tribunal Supremo ratifica una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valladolid

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valladolid en la que se estableció que la convivencia de unos dos cónyuges con una nueva pareja extingue el derecho de uso de la vivienda familiar tras el divorcio.

 

La sentencia que había sido recurrida acordaba la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

El alto tribunal ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. Según se explica desde el Supremo, “la introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente”.

A su vez, en el falló también se argumenta que “el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos. En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses”.

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