El IRPF de las ayudas por maternidad se puede reclamar ya

Se podrá realizar para los hijos nacidos entre 2014 y 2017.
Cotribuyentes en la sede de la Agencia Tributaria de Salamanca.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha aclarado el procedimiento de devolución del IPRF de las prestaciones de maternidad y paternidad según la sentencia del Tribunal Supremo. Se podrá realizar para los hijos nacidos entre 2014 y 2017, mientras que para los nacidos en 2018 «se liquidará en la declaración de la renta de 2019».

 

«Esta misma tarde (del lunes)» se habilita el procedimiento para los nacidos en 2014 y 2015 a través de un formulario online de la Agencia Tributaria, para lo que solo se necesitarán dos datos: «la fecha de nacimiento del bebé y el número de cuenta bancaria asociado el contribuyente», ha explicado la ministra. «Si la Agencia Tributaria requiere más datos, se enviarán a los organismos correspondientes», puntualizó.

Para los hijos nacidos en 2016 y 2017, los progenitores tendrán que esperar al mes de enero. «Para las personas que no puedan conectarse a internet o no tengan esa costumbre», se podrá hacer mediante un escrito en las oficinas de la Agencia Tributaria.

La ministra ha destacado que la devolución media será «en torno a 1.600 euros para la maternidad y 383 de paternidad», lo que conlleva un gasto de «en torno a 1.200 millones de euros». Se espera que, «en el mes de abril, todos los contribuyentes hayan recibido la devolución».

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