Un juzgado madrileño ha prohibido a la aerolínea Ryanair que siga cobrando 20 euros por el equipaje de mano a los pasajeros que adquieren el billete standar.
Esta tasa no se le aplicaba a los clientes con billete ‘priority’, pero ahora el juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid exige a la compañía que elimine de su contrato esa cláusula aplicable a los pasajes baratos, cuyos titulares solo pueden llevar un bolso o complemento personal.
La sentencia considera que es una cláusula abusiva y contraviene la normativa comunitaria sobre la libertad de las compañías para fijar libremente sus tarifas. Señala específicamente que una maleta pequeña puede ser «perfectamente transportada en cabina».
La sentencia, dictada hace unas semanas, ya es firme al no haber recurrido ninguna de las partes en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.