Los inquilinos con problemas para pagar su alquiler ya pueden solicitar los préstamos del estado para hacer frente a las cuotas mensuales.
El crédito tendrá carácter retroactivo, ya que permitirán cubrir el alquiler desde el pasado 1 de abril, el mes siguiente al del inicio de la crisis.
Podrán solicitar estos créditos inquilinos que tengan un contrato de alquiler para vivienda habitual en vigor y de acuerdo a la ley, y que se encuentren en situación de «vulnerabilidad económica».
El plazo para pedir los préstamos del estado al banco concluye el 30 de septiembre (prorrogable hasta el 30 de noviembre), y el 31 de octubre para formalizar el crédito (prorrogable hasta el 31 de diciembre).
La orden del Ministerio de Trabajo que publica este viernes el BOE, señala que el préstamo avalado por el Estado puede cubrir hasta el 100% del importe de la renta mensual, con un máximo de 900 euros al mes durante un periodo de seis meses (5.400 euros por beneficiario).
Para acceder a esta línea de créditos, el beneficiario o alguno de los miembros de la unidad familiar ha resultado afectado por una circunstancia que implica una reducción de ingresos, que se ha quedado en el paro o esté incluido en un ERTE tras el estado de alarma.
Los ingresos de los miembros de la unidad familiar del mes anterior a la solicitud de la ayuda no pueden superar cinco veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM). Este indicador es 537,89 euros, con lo que dicho límite de ingresos es de 2.689 euros.
Además, el alquiler debe suponer más del 35% de los ingresos de la unidad familiar.