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Multa por exceso de ruido en un piso de la capital en plena Fase 1

Salamanca contabilizó una multa por más ruido del permitido, en una vivienda y de madrugada
Poeta Jesús Rasueros
Número 25 de la calle Poeta Jesús Rasueros

Un ciudadano/a con residencia en la calle Poeta Jesús Rasueros 25 de la capital salmantina fue sancionado/a con 150 euros de multa por exceso de ruido, de madrugada, el pasado 27 de mayo, cuando Salamanca estaba en la Fase 1 de la desescalada.

 

La entrada en la Fase ‘I’ de la desescalada conllevó en su momento una mejora ostensible de las condiciones de vida, que posibilidad de ir a las terrazas, ir a una segunda residencia si está dentro de la provincia y más acciones; eso sí, usando mascarilla, con higiene de manos y con la distancia de seguridad exigida.

Así reza la Resolución Oficial:

“Los Servicios Técnicos Municipales han elevado a esta Alcaldía el Informe emitido por el Director de Área de Medio Ambiente y el Jefe de la Sección de Calidad Ambiental de fecha 27 de Mayo de 2.020, en relación con el Acta de Inspección realizada con fecha 13 de Marzo de 2.020, a las 02:13 horas, dejando constancia de las molestias originadas por el ruido de voces procedente de una vivienda ubicada en la Calle Poeta Jesús Rasueros 25 de Salamanca, que suponen la superación en 0,8 decibelios de los niveles máximos admisibles de ruido, circunstancia imputable a (x), como titular de la misma, que pudieran suponer la comisión de una infracción de carácter leve contemplada en la Ordenanza Municipal para la Protección del Medio Ambiente contra la Emisión de Ruidos y Vibraciones, consistente en superar los niveles máximos admisibles de ruido hasta en cuatro decibelios (4 dB) tanto en emisión como en inmisión, infracción que podría ser sancionada con multa de hasta 750 euros según contemplan los artículos 36.1.a y 38.1.a de la referida Ordenanza Municipal”.

Así, se puso “en conocimiento del/de la interesado/a que la sanción a imponer con carácter general en caso de que resulte acreditada su responsabilidad con relación al comportamiento imputado, será en forma de multa por importe de 150 euros, en ausencia de situaciones de reincidencia u otras agravantes/atenuantes de su responsabilidad que no se aprecian en principio a la hora de iniciar el presente expediente sancionador”.

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