Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Un nuevo Decreto sanitario regula todas las condiciones laborales del personal de Sacyl

El Bocyl publica la orden que regula las prestaciones personales obligatorias sobre los recursos humanos
Covid
(Foto: David Martín)

La Junta de Castilla y León ha hecho público el Decreto que regula las prestaciones personales obligatorias sobre los recursos humanos en el ámbito del Sistema de Salud de Castilla y León, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de la Covid-19.

Ahora, con esta disposición, «se pretende dar un paso más en las políticas de gestión del personal sanitario, en lo referente a la posibilidad de adaptar, por el tiempo indispensable, y entre otros, los permisos, vacaciones y licencias, la jornada de trabajo, régimen de turnos y descansos, profesionales sanitarios en formación, las guardias médicas, el personal con dispensa por la realización de funciones sindicales, la flexibilización de la jornada y trabajo no presencial, la prestación a tiempo parcial del personal y jubilación, y las bolsas de empleo de personal estatutario temporal», señala el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Además, respecto a la movilidad, como autoridad competente delegada del estado de alarma, se amplían los supuestos previstos en la legislación sanitaria para posibilitar dicha movilidad por todo el territorio de la Comunidad.

Las prestaciones personales obligatorias contenidas en este decreto deberán adoptarse respetando los siguientes principios:

Temporalidad: la duración de las prestaciones contempladas se podrá extender como máximo hasta que finalice el estado de alarma declarado, o con anterioridad si las circunstancias sanitarias derivadas de la pandemia así lo aconsejan y se acuerda mediante Decreto de esta Presidencia.

Proporcionalidad: la posibilidad de adoptar prestaciones restrictivas del régimen ordinario del personal a las que hace referencia el presente decreto, se encuentra limitado por la efectiva declaración de los niveles 3 y 4 de alerta de la pandemia, en los términos previstos en las actuaciones de respuesta coordinada aprobadas el 21 de octubre de 2020 por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y la resolución autonómica de aplicación a la Comunidad de Castilla y León.

Garantía de derechos: la imposición de las prestaciones garantizará el derecho al efectivo descanso del personal, debiendo respetarse, en todo caso, los descansos previstos en la normativa y la limitación máxima legal de la jornada anual, que incluye tanto la jornada ordinaria como, en su caso, la complementaria, y procurará garantizar, en la medida de lo posible, la conciliación con la vida personal y familiar de los profesionales.

Asimismo, la Junta también ha publicado las medidas dirigidas a reforzar el Sistema de Salud de Castilla y León.

Imponer al personal estatutario, funcionario y laboral de la Consejería de Sanidad, y Organismos Autónomos u otras Entidades vinculadas o dependientes de la misma, servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, y que resulten imprescindibles.

Adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para garantizar la cohesión y equidad en la prestación del servicio sanitario en todo el territorio de Castilla y León.

Y garantizar la posibilidad de determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales, de acuerdo con las necesidades que se pongan de manifiesto en la gestión de esta crisis sanitaria.

A los efectos previstos en el apartado anterior, la persona titular de la Consejería de Sanidad, mediante la correspondiente resolución con forma de Orden, podrá adoptar las siguientes medidas específicas, pormenorizando su grado y forma de afectación:

Régimen de permisos, vacaciones y licencias

Organización de la jornada de trabajo, régimen de turnos y descansos.

Profesionales sanitarios en formación.

Guardias médicas.

Personal con dispensa por la realización de funciones sindicales.

Flexibilización de la jornada y trabajo no presencial.

Prestación a tiempo parcial del personal y jubilación.

Bolsas de empleo de personal estatutario temporal.

“Este decreto tendrá vigencia durante el periodo en el que esté declarado el estado de alarma, sin perjuicio de su posible adaptación, modificación o derogación antes, en función de la situación epidemiológica y sanitaria de cada momento”, señala el Bocyl.

0 comentarios en «Un nuevo Decreto sanitario regula todas las condiciones laborales del personal de Sacyl»

  1. Solo falta que nos aten con grilletes a la mesa o a laaaa cama de trabajo. La palabra clave del decreto es IMPONER. Es decir imponen arrasar con los derechos de los profesionales. Solo falta que envíen a la guardia civil a buscarnos a casa para llevarnos al hospital y para evitar que salgamos de el.

    Responder

Deja un comentario

No dejes ni tu nombre ni el correo. Deja tu comentario como 'Anónimo' o un alias.

Más artículos relacionados

Te recomendamos

Buscar
Servicios