Un tribunal ve compatible cobrar la pensión y gestionar un negocio

Cuando los ingresos de la empresa no superen el salario mínimo

La sentencia de un tribunal andaluz, que no ve incompatibilidad en percibir la pensión de jubilación íntegra y continuar gestionando un negocio, abre la puerta a que esta posibilidad sea una realidad. Si bien, los ingresos de la empresa no podrían superar el salario mínimo.

Administrar un negocio no es incompatible con cobrar la pensión de jubilación de forma íntegra. Así lo ha establecido el Juzgado de lo Social de Granada, que ha estimado la demanda interpuesta por la copropietaria de un negocio contra la Seguridad Social.

Esta causa se inició en 2019, cuando la trabajadora, que estaba inscrita en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta) de la Seguridad Social, comunicó su intención de jubilarse, logrando el reconocimiento de su derecho a percibir una pensión. Si bien, una vez efectiva la jubilación, la mujer continuó gestionando su negocio, aunque sin recibir remuneración.

Esto dio lugar a una “inesperada” alta de oficio en el Reta, por lo que la Seguridad Social revocó su derecho a pensión y le pidió la devolución de lo percibido a lo largo de 2019, un montante que ascendía a más de 7.500€.

Ahora, tras el fallo del tribunal andaluz, el abogado de la demandante, Ismael Istambul, ha señalado que esta sentencia sienta precedente en el cobro de la pensión y la gestión de una empresa. “Aunque la inclusión en el Reta presume el ejercicio habitual, personal y directo de una actividad económica lucrativa, existen excepciones. Un ejemplo claro de ello es este caso”, ha señalado.

Asimismo, ha recordado que la Ley General de la Seguridad Social permite la compatibilización de una pensión de jubilación con la realización de trabajos por cuenta propia. Si bien, pone como condición que los ingresos totales que le reporte esa empresa no superen el salario mínimo interprofesional.

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