Solo serán fijos los interinos que aprueben una oposición, pero no obtengan la plaza

El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha dictaminado que el abuso de temporalidad en la Administración no conlleva la fijeza automática para quienes no hayan superado un proceso selectivo. La sentencia prioriza los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

El Alto Tribunal establece una distinción clara para resolver el conflicto de la interinidad en España. La fijeza solo será una opción para un grupo específico de trabajadores.

Solo podrán ser fijos aquellos interinos que, en algún momento, hayan superado un proceso selectivo (oposición) bajo los principios de mérito y capacidad, aunque la nota no les alcanzara para obtener una plaza en su día.

Para el resto de interinos en situación de abuso, el Supremo rechaza la conversión en fijos al considerar que vulneraría la Constitución Española. Hacerlo, según el fallo, impediría el acceso al empleo público del resto de ciudadanos en igualdad de condiciones.

Indemnizaciones y sanciones en lugar de plazas

Para reparar el daño causado por la concatenación abusiva de contratos -una práctica por la que la Unión Europea ha amonestado repetidamente a España-, el Supremo propone dos vías alternativas a la fijeza:

  1. Compensación económica: El abono de una indemnización calculada según los criterios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
  2. Castigo administrativo: El traslado de las sentencias a la Inspección de Trabajo para que inicie procedimientos sancionadores contra las administraciones incumplidoras.
La figura del «Indefinido no fijo»

La sentencia llega tras años de pugna jurídica con Luxemburgo. El TJUE dictaminó en abril de 2026 que la figura del «indefinido no fijo» -utilizada habitualmente en España- no es una sanción suficiente contra el abuso, ya que mantiene al trabajador en una situación de «precariedad» y temporalidad latente.

Pese a este tirón de orejas europeo, el Supremo se alinea con la tesis del Gobierno, que sostiene que el fallo europeo «no obliga a España a hacer fijos» a todos los temporales de forma indiscriminada.

Radiografía de la temporalidad

El debate jurídico se produce en un contexto de cifras cruzadas sobre la precariedad en el sector público:

  • El Gobierno Sitúa la tasa de temporalidad en el 32,7%, asegurando que ha bajado seis puntos en el último año.
  • CSIF Denuncia que aún existen 125.000 personas en situación de abuso, advirtiendo que casi una cuarta parte de las plazas de estabilización prometidas siguen sin cubrirse.

El origen del caso: El fallo nace de la demanda de una cuidadora de la Comunidad de Madrid que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016. Su caso ha servido para que el Supremo fije doctrina sobre cómo equilibrar los derechos laborales con el acceso constitucional a la función pública.

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