Otra sentencia contra el PP del Ayuntamiento de Salamanca

El TSJCyL anula la apariencia de legalidad de sus adjudicaciones en la práctica a dedo
carbayo fernando rodriguez
El acalde y Fernando Rodríguez, en 2021.

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribual Superior de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado hace unos días el recurso presentado por el Ayuntamiento de Salamanca en 2020 contra la sentencia del juzgado número 1 de lo contencioso de la ciudad del Tormes que anulaba algunos aspectos del presupuesto del Consistorio de 2018. Una sentencia que desactiva una de las herramientas de las que se sirve el PP para dar una apariencia de legalidad a sus adjudicaciones en la práctica a dedo, violando varios artículos del reglamento presupuestario que desarrolla la ley de haciendas locales, entre otras cosas, «por la generalidad y poca concreción de las partidas que recogen», indica el TSJ.

 

El TSJ CyL confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº1 de Salamanca que en su día iniciaron los concejales del grupo Ganemos y que por iniciativa propia ha mantenido Gabriel de la Mora hasta el final, impugnando determinadas cuestiones clave de las bases de ejecución del presupuesto municipal (anexo de personal, anexo de inversiones, prórrogas ilegales de contratos públicos, anexo de subvenciones, etc.).

En lo que afecta especialmente a los medios de comunicación, confirma la nulidad del mecanismo existente establecido históricamente en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Salamanca sobre los convenios entre Ayuntamiento y medios de comunicación sin expediente de contratación.

La sentencia del TSJCyL anula, en primer lugar, el anexo de Inversiones y el Plan Financiero del presupuesto de 2018 que se limita a exponer denominaciones genéricas.

También desactiva el apartado del presupuesto con el que da cobertura a la publicidad institucional con la que unta solo a los medios de comunicación afines de la ciudad (todos menos La Crónica de Salamanca). En este caso, el fallo anula  el último párrafo de la Base 24 del presupuesto de 2018 (sobre contratos) que permite realizar «los gastos de publicidad en los distintos medios de comunicación y gastos de diseño gráfico realizados por Medios de comunicación y Alcaldía, sin expediente de contratación». Esto en la práctica equivale a dar el dinero a dedo.

La sentencia del juzgado de lo Contencioso de Salamanca declara la anulación de determinados anexos y bases de los mismos, por entenderlos no ajustados a derecho. Una sentencia más que anula concesiones y adjudicaciones municipales.

El Ayuntamiento alegaba que una cosa son los presupuestos y otra los anexos de inversiones. El TSJ dice que «ello no implica una suerte de inmunidad de esas otras actuaciones no estrictamente presupuestarias que giran alrededor del documento principal, al no existir, por regla general, en nuestro sistema jurídico espacios de inmunidad de la actuación administrativa, por lo que la integración o no formal de esas otras actuaciones, que son las anuladas en la instancia, en los presupuestos municipales propiamente dichos, si violan el ordenamiento jurídico, podrán ser expulsadas del mismo, como lo fueron en la consideración de la sentencia ahora revisada».

El fallo señala que las partidas que se reseñan en la sentencia del juzgado de lo contencioso salmantino sobre  el plan financiero y el anexo de inversiones del presupuesto municipal de 2018 «ponen de manifiesto la indefinición de buena parte de las partidas a las que se refiere el plan y el anexo de inversiones y con ello, cabe que se gane en agilidad de la administración y puede aceptarse que es una práctica consolidada en diversas administraciones, pero ello no obsta a que, especialmente cuando se impugne, se concrete con mayor precisión qué se va a hacer con el dinero público por la administración y dónde va el dinero de los contribuyentes, al menos con la previsibilidad que da esa misma experiencia administrativa de la anualidad de los presupuestos, que debe favorecer, en buena medida al menos, esa mayor concreción que se pide. Puede ser que no todo sea previsible, como no lo es todo en el discurrir de la vida humana, pero esa exigencia de saber qué se va a hacer con el dinero público, que, por serlo, es de todos los ciudadanos, de cuyos bolsillos se detrae, y no de la administración, existe y esa exigencia no aparece cumplida en los apartados litigiosos que, por ello, deben entenderse como correctamente expulsados del ordenamiento vigente».

Vamos, que la sentencia constata que hacen con ese dinero más o menos lo que les viene en gana y para seguir haciéndolo lo enmascaran en esas partidas de las que disponen a placer bajo una apariencia de legalidad que acaba de ser desmontada.

Una generalidad y poca concreción de las partidas que permiten disponer de ellas a discreción y con todo el sectarismo y amiguismo habitual, como puede acreditar en primera persona este medio, que es uno de los perjudicados por esa utilización tramposa del dinero público.

Sobre la Base 24 del presupuesto que permite realizar los gastos de publicidad en los distintos medios de comunicación, indica que «lo que sucede es que la normativa municipal salmantina que es objeto de este litigio va más allá de la legislación nacional y no prevé expresamente las excepciones que la misma contempla, con lo la está contraviniendo por la vía de admitir la continuación de las prestaciones de los contratistas al margen o más allá de los supuestos en que se prevé en la Ley. Cierto es que ello no impide legalmente la aplicación de la ley, por el principio de jerarquía normativa, pero ello no impide que la normativa aprobada por la corporación esté dando por bueno y faculte, en principio y prima facie, a hacer lo que la ley no permite, al no establecer ningún límite, y esa contradicción es precisamente lo que determina la nulidad correctamente apreciada por la sentencia de instancia y que este Tribunal ratifica en esta resolución».

6 comentarios en «Otra sentencia contra el PP del Ayuntamiento de Salamanca»

  1. A CUANTO NOS SALEN LAS MAMPARAS Y TOLDOS, LAS CONTRAVENTANAS TAMBIEN ENTRAN O LLAMADOS PARA QUE VENGAN A MEDIR RUIDOS

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  2. Hace décadas que las gestión del PP en el ayuntamiento es una cueva de ******** liderada por el proceloso Fernando Rodríguez, en donde los impuestos de los salmantinos, van dirigidos a los amigos de los ********* Próceres del PP que, después de tanto tiempo, aún siguen esquilmando a los ciudadanos! Y actualmente, con el apoyo explícito de los chusqueros concejales de C`s, a los cuales hay que recordarles que ENCUBRIR ES DELITO! ¡Vaya una forma de vender el alma a los banales del mal por un plato de lentejas ! Algún día se hará JUSTICIA, no lo dudo!

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  3. los de Cs estan ayudando al PP a hacer de las suyas eran los que demostrarian la forma de gobernar ya lo estamos notando el tapar un delito tiene tanto delito como cometer el mismo señores de Cs estan acabados haganlo con dignidad

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