Guarda y custodia de los hijos tras el divorcio o separación

Antes de iniciar un proceso de divorcio, es importante aclarar bien estos términos

En derecho, la guarda y custodia son conceptos legales que hacen referencia a la responsabilidad que tienen los padres de cuidar de sus hijos, así como vivir con ellos mientras son menores de edad o dependientes. Antes de iniciar un proceso de divorcio, es importante aclarar bien estos términos para poder hacer valer sus derechos, pero también cumplir con los deberes de forma correcta. 

Guarda y custodia: conceptos básicos de Derecho Civil

Antes que todo, es imperativo señalar que la guarda y custodia no solo se aplica a menores de edad, sino también en mayores que tengan que depender de sus padres, por ejemplo, por tener necesidades especiales. 

Se trata de una obligación legal que nace a raíz de un divorcio o separación conyugal. Ambos padres tendrán que establecer dónde y con quién vivirán los hijos, además de decidir quién se encargará de todas las decisiones relacionadas con los menores, aunque por lo general, resulta ser la misma persona. 

De acuerdo con el artículo 92 del Código Civil español, quien tenga la guarda y custodia supone el derecho y obligación de convivir y cuidar de los hijos. En un proceso de divorcio o separación, solo será asignada a un progenitor, lo que puede llevar a problemas legales cuando no hay un acuerdo entre las partes. 

Ahora bien, es necesario resaltar que esta representación legal no es lo mismo que la patria potestad. Esta supone deberes y derechos para decidir sobre cuestiones fundamentales como la salud, educación y religión. Por lo general, la patria potestad sí recae en los dos progenitores, a menos que se demuestre que uno de los padres no tiene la facultad para tomar estas decisiones, o bien, supone un riesgo para la vida e integridad del hijo.

Tipos de guarda y custodia

Decidir sobre el cuidado y convivencia de los hijos no es muy fácil. En los casos en los que los progenitores no tienen un acuerdo sobre este régimen, será un abogado experto en Derecho Civil quien sirva como mediador para determinar este asunto. Vale mencionar que esto hace que el divorcio sea más sencillo y el juez dicte sentencia en poco tiempo.

Entonces, en pro del interés superior de los hijos, se distinguen dos tipos de guarda y custodia:

Exclusiva

La custodia exclusiva es aquella que pertenece a uno de los padres, mientras que el progenitor no custodio tiene derecho a visitas y comunicaciones reguladas según el régimen establecido, bien sea por los ex cónyuges o por un juez. 

Ahora bien, no siempre este tipo de custodia se establece por desacuerdos o porque uno de los progenitores no haga bien a sus hijos. También es útil cuando uno de los padres no puede asumir una responsabilidad equitativa, bien sea por vivir lejos del domicilio familiar o por horarios laborales.

Sin embargo, en este caso, tendrá que contribuir con una pensión alimenticia, con el fin de cubrir las necesidades básicas de sus hijos. La cuota será determinada por el juez, a menos que los padres establezcan un monto adecuado y superior a lo que dicte la ley.

Compartida

En ocasiones, este es el tipo de custodia más adecuado, ya que, se garantiza el bienestar emocional del hijo, así como su buen desarrollo durante la infancia. De tal manera que, se distribuirá la convivencia en un 50% para cada padre, aunque a veces puede variar de acuerdo a las necesidades del niño.

La distribución más común en estos casos es que el hijo viva una semana con cada progenitor, o bien, algunos días en alternancia. De esa manera, no pasará mucho tiempo separado de sus padres. No obstante, si uno de los padres está bajo procedimiento penal, no se le podrá otorgar la custodia.

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