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Palo de la justicia salmantina a la cláusula suelo hipotecaria

banco popular avenida de mirat
Una oficina del Banco Popular en Salamanca.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha ratificado la sentencia del juzgado de primera instancia número 4 de la capital del Tormes que anulaba la cláusula suelo de una hipoteca del Banco Popular y, además, obligaba a la entidad a abonar lo cobrado de más al cliente por limitar la bajada de los tipos de interés.

 

El juzgado salmantino emitió la sentencia contra el Banco Popular en octubre de 2014, pero la entidad recurrió y la Audiencia acaba de darle la razón al juzgado, ratificando la condena al Popular.

Confirma la anulación de la cláusula suelo de la hipoteca suscrita en 2002 que establecía una limitación del tipo de interés variables en la hipoteca (la cláusula suelo) de tal forma que el cliente nunca pagaría menos de un 5 por ciento de interés, aunque el Euribor más el 1,25% que había suscrito con el banco estuvieran por debajo de ese nivel cuando comenzaran a bajar los tipos, como así ocurrió a partir de 2010-11, lo que impidió al cliente beneficiarse del abaratamiento de las hipotecas.

El fallo judicial obliga al Banco Popular a anular la cláusula suelo de esa hipoteca y a recalcular y rehacer «con efectos retroactivos los cuadros de amortización del préstamo», aplicando el Euribor+1,25% que en 2002 pactaron el banco y el cliente, pero «eliminando la aplicación de la cláusula suelo».

Devolver lo cobrado de más

Asimismo, ordena al banco a devolver las cantidades cobradas de más al cliente debido a la cláusula suelo.

Es una de las pocas veces que los jueces reconocen la retroactividad de la anulación de la cláusula suelo y fuerzan al banco a recalcular la hipoteca como si no hubiera existido y a devolver lo que ha cobrado de más.

1 comentario en «Palo de la justicia salmantina a la cláusula suelo hipotecaria»

  1. Una vez más la Justicia actúa más por presión social que atendiendo a las Leyes.

    Esas hipotecas se firmaron ante notario y parte del oficio de notario está en no permitir claúsulas que atenten contra la legalidad, por tanto, antes debieran haber inhabilitado al notario que permitió tal cláusula.

    En España había suficiente competencia y cada cliente podía buscar fácilmente ya que cada 1.000 habitantes teníamos una oficina bancaria.

    Igualmente en España hay una ley que permite «subrogar» la hipoteca en otra Entidad con muy poco coste, por tanto, estos clientes, si no están contentos con esa hipoteca lo que podían hacer era cambiarla por otra con mejores condiciones para ellos.

    Y si los «jueces» quieren hacer de «bancos», antes tenían que exigir a todos los clientes con ahorros en plazos fijos que han cobrado intereses por encima del «interbancario»…ya que esta -según su criterio-es una «cláusula abusiva».

    Para todo esto tenemos la Ley de Usura de principios de siglo XX…y que se sepa, estos intereses no llegan a los que hemos pagado muchos por las hipotecas de viviendas de «Protección Oficial».

    Meter la pata y meter la mano en el Sistema Financiero nos costará a los españoles la cifra nada desdeñable de 100.000 millones de Euros…a pagar por los de siempre…los que pagan religiosamente sus impuestos…es decir, la clase media-trabajadora…para beneficio de unos pocos…aquellos que siempre van buscando el «mercedes» a precio de «seat seiscientos».

    ¿Hablamos?

    Responder

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