El Ayuntamiento de Salamanca comienza a controlar los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) –y, por consiguiente, los Vehículos Personales Ligeros (VPL)– conforme a las instrucciones recibidas por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Según la mencionada normativa, todo VMP comercializado después del 22 de enero de 2024 que reúna los requisitos legales para circular debe disponer placa de marcaje y, por tanto, de certificado de circulación, estar inscrito en el Registro Nacional de Vehículos y llevar etiqueta identificativa. Además, deberán disponer de seguro obligatorio de responsabilidad civil. También se aplica para VMP comercializados antes de dicha fecha que cuenten con placa de marcaje.
En el caso de VMP comercializados antes del día 22 de enero de 2024 que no dispongan de placa de marcaje, podrán circular hasta el 22 de enero de 2027.
No obstante, deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos, teniendo dicha inscripción carácter exclusivamente temporal.
Asimismo, al carecer de certificado de circulación, no estarán obligados a disponer de seguro obligatorio. Se aplicarán las sanciones previstas en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial: 200 euros por no disponer de certificado de circulación, 100 euros por no estar inscrito y 80 euros por no contar con etiqueta identificativa o placa de marcaje. En el caso del seguro, se prevé una cuantía de la sanción de hasta 800 euros.


















