La Unión Europea ha impulsado un plan de reducción en el consumo del gas en previsión de un corte total del suministro ruso. En este sentido, España ha elaborado su plan correspondiente para reducir su consumo un 7%. Para quienes incumplan esas medidas, la legislación vigente contempla sanciones de entre 60.000 y 6 millones.
Esta semana, el Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado el plan de ahorro energético con el que pretende reducir el consumo de gas en un 7%. El texto, elaborado por el Ministerio de Transición Ecológica contempla varias medidas, como un límite mínimo de 27 grados para el aire acondicionado y, para la calefacción, de 19 grados máximo. Asimismo, se establecen otras medidas referentes al alumbrado, que imponen el apagado de escaparates de comercios, fachadas y edificios públicos a partir de las 22:00 horas (si están desocupados).
El decreto en el que figuran estas medidas, publicado en el BOE este martes, no incluye menciones expresas a sanciones por incumplimiento. No obstante, la legislación vigente sobre eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior contempla multas de entre 60.000 y 6 millones de euros. Estas sanciones serán las que afecten a quienes incumplan las medidas de plan de ahorro español.
Sin embargo, los reglamentos sobre alumbrado y edificios públicos sí remiten a la Ley de Industria de 1992. Esta ley divide las infracciones entre leves, graves y muy graves. Respecto a las leves, se prevén “multas de hasta 60.000 euros”. En cuanto a las infracciones graves, la multa puede ascender “hasta 6.000.000 euros”. Estas últimas consisten en la ocultación o alteración dolosa de los datos, resistencia o reiterada demora en proporcionarlos, expedición de certificados o informes cuyo contenido no se ajuste a la realidad de los hechos, etc.
Por último, para las infracciones muy graves se prevén sanciones de hasta cien millones de euros. En estos casos, lo que se castiga es el “incumplimiento doloso de los requisitos, obligaciones o prohibiciones establecidos en la normativa industrial siempre que ocasionen riesgo grave o daño para las personas, la flora, la fauna, las cosas o el medio ambiente”.